Resolvemos algunas consultas que nos habéis enviado acerca de jubilación, incapacidad permanente, clasificación profesional y cotizaciones que impactan la relación entre trabajadores, empresas y la Seguridad Social.
Para ello, hemos contado con la colaboración de Eva Blázquez, catedrática de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Carlos III de Madrid.
Tengo 62 años y he trabajado alrededor de 25 años, pero en mi vida laboral solo aparecen cotizados 13 años y medio. ¿Puedo reclamar los años que faltan si conservo algún documento que demuestre que trabajé?
Mi categoría profesional desaparece con el nuevo convenio colectivo. ¿Está obligada la empresa a asignarme el grupo profesional que realmente corresponde a las funciones que desempeño?
Cumplo 65 años en 2027, pero no alcanzaré entonces el periodo de cotización exigido para jubilarme. Si completo ese tiempo antes de cumplir los 67 años, ¿podré jubilarme en ese momento?
Tengo reconocida una incapacidad permanente total y un grado de discapacidad del 66 %. ¿Puedo compatibilizar la pensión con un trabajo a tiempo parcial como conserje de comedor escolar?
Además, con nuestra abogada, también hemos comentado algunas noticias que nos han llamado la atención esta semana:
El Tribunal Supremo establece que la ausencia de un registro horario ya no bastará por sí sola para dar por acreditadas todas las horas extraordinarias reclamadas por un trabajador, diferenciando entre quienes tienen horario fijo y quienes desempeñan jornadas variables.
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares confirma el despido disciplinario de un camarero que publicó un vídeo en TikTok criticando a su empresa mientras se encontraba en su puesto de trabajo.
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia reconoce el derecho de una trabajadora expuesta a sustancias químicas a percibir la prestación por riesgo durante la lactancia natural al no haberse realizado una evaluación específica de los riesgos para ella y su bebé.
Recuerda que tú también puedes enviarnos tus dudas laborales a dudas@madridtrabaja.es o al WhatsApp 652 868 099, y nuestros abogados laboralistas te las resolverán cada jueves.
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