La Comisión Europea ha aprobado este miércoles el plan español de ayuda al sector del carbón tras concluir que respeta las normas comunitarias sobre subvenciones públicas, pero ha exigido como condición al Gobierno que no conceda más subvenciones después de 2014.
España había alegado que el Real Decreto de ayuda al carbón era una medida transitoria necesaria para garantizar la seguridad del suministro de electricidad durante los próximos cuatro años en un país que sigue estando mal interconectado con otros grandes mercados europeos de electricidad y que tiene una elevada cuota de energías renovables (eólica y solar), cuya producción es altamente intermitente.
El Ejecutivo comunitario retrasó su aprobación, inicialmente prevista para el pasado mes de julio, por las objeciones de algunos comisarios, entre ellos el responsable de Medio Ambiente, Janez Potocnik, que consideran que contradice la política europea de reducir las emisiones de CO2 y apostar por las energías renovables.
Finalmente, el plan se ha aprobado gracias al compromiso de las autoridades españolas de no pedir una prórroga más allá de 2014. "El régimen expirará a más tardar el 31 de diciembre de 2014; las autoridades españolas podrán ponerle fin antes si ya no resulta necesario a la luz de las condiciones del mercado. Las autoridades españolas se han comprometido en firme a no prorrogar el régimen en ningún caso más allá del 31 de diciembre de 2014", ha resaltado la Comisión.
El plan español obliga a una decena de centrales térmicas a quemar carbón nacional y, a cambio, les compensa con un precio fijo y con la garantía de colocación de la electricidad producida.
"La ayuda estatal se ajusta a las normas de la UE sobre subvenciones para la compensación por servicio público puesto que no dará lugar a una sobrecompensación de los costes soportados por los productores de electricidad al cumplir las obligaciones que se les han impuesto", ha señalado el Ejecutivo comunitario.
La directiva que regula el funcionamiento del mercado de la electricidad de la UE permite a los Estados miembros instaurar este tipo de obligaciones de servicio público, por motivos relacionados con la seguridad del abastecimiento energético, hasta un límite del 15 % del consumo nacional de electricidad.
Bruselas ha verificado que, en el período de 2011 a 2014, los volúmenes de electricidad afectados por el Real Decreto no excederán de 23,4 teravatios hora (TWh) por año, lo que equivale aproximadamente al 9% del consumo nacional, un porcentaje inferior al límite del 15% establecido en las directivas. Para lo que queda de 2010, los volúmenes de electricidad no excederán de 9,6 TWh, cantidad que también es inferior al 15%.
La Comisión ha velado además por la coherencia entre este plan y el reglamento del carbón, que Bruselas propone prorrogar hasta 2014 siempre que las futuras subvenciones se destinen a cerrar las minas deficitarias. El Ejecutivo comunitario "ha obtenido el compromiso de España de que el carbón que pueda ser consumido por las centrales de carbón autóctono con arreglo a las obligaciones de servicio público procederá de minas de carbón sujetas a todas las normas del futuro reglamento del carbón".
Además, las cantidades de carbón afectadas no podrán exceder de los objetivos de producción decreciente ya establecidos en el Plan Nacional del Carbón español.
El marco comunitario sobre ayudas estatales en forma de compensación por servicio público permite la concesión de ayudas siempre que no rebasen la diferencia ente los gastos resultantes de prestar el servicio y los beneficios obtenidos a este respecto, teniendo en cuenta un beneficio razonable. En este caso, la compensación a las centrales se limita estrictamente a los costes extraordinarios impuestos por el servicio público, según ha explicado Bruselas. En total se ven afectados por la obligación de servicio público diez centrales de energía.