El tema está candente y no es para menos. Algunas voces hablan que se debe prohibir el burka y el niqab por motivos religiosos, otros por afrenta ante la figura de la mujer, pero hoy oímos una opinión directamente amparada por la Ley Española.
Serafín Giraldo, inspector de policía, nos ha confesado que: “En 14 años en los medios de comunicación, es la primera vez que digo que parte de mi tesis doctoral va sobre la Ley Orgánica de Protección y Seguridad Ciudadana”.
Serafín nos cuenta que según el artículo 16 de dicha ley, se obliga a los agentes que velan por la seguridad de los ciudadanos que deben identificar en todo momento a todo individuo, tanto con sus documentos como su rostro.
Esto quiere decir, que el hecho de ir con el rostro tapado o parcialmente tapado, obliga a cualquier fuerza de seguridad a la necesidad de identificación inmediata del individuo.