El Supremo anula dos nuevos nombramientos de altos cargos del Gobierno

Tribunal Supremo
Tribunal Supremo |REDACCIÓN

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado otros dos nombramientos de directores generales del Gobierno central por no haber justificado el Ejecutivo la excepción a la regla que establece que deben ser funcionarios de carrera.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha anulado los Reales Decretos, ambos de 5 de mayo de 2021, de nombramiento de los directores generales de Deportes, Albert Soler Sicilia, y de Derechos de las Personas con Discapacidad, Jesús María Martín Blanco.

El Supremo rechaza el recurso del Ayuntamiento de Madrid por La Ingobernable
El Supremo rechaza el recurso del Ayuntamiento de Madrid por La Ingobernable
El Supremo rechaza el recurso del Ayuntamiento de Madrid por La Ingobernable

El Supremo rechaza el recurso del Ayuntamiento de Madrid por La Ingobernable

A finales de 2021 la misma Sala hizo lo mismo y por la misma razón con los nombramientos de la directora general del Instituto de la Juventud, María Teresa Pérez, y el director general de Políticas Palanca de la Agenda 2030, Gabriel Castañares.

En ambos casos, en respuesta a recursos de la Federación de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (FEDECA).

En la sentencia conocida este jueves, de la que ha sido ponente el magistrado Luis Díez-Picazo, el Supremo cuestiona que el Ejecutivo diera "una motivación vaga y genérica".

"De su lectura no se desprende qué concretas actuaciones o iniciativas son las que no podrían ser realizadas por funcionarios de carrera. Los pasajes transcritos no dejan de ser manifestación de un tipo de literatura oficial que, en tono solemne, emplea muchas palabras para decir muy poco", critica la resolución.

El Supremo rectifica y exige la inscripción de parejas de hecho para acceder a la pensión de viudedad
El Supremo rectifica y exige la inscripción de parejas de hecho para acceder a la pensión de viudedad
El Supremo rectifica y exige la inscripción de parejas de hecho para acceder a la pensión de viudedad

El Supremo rectifica y exige la inscripción de parejas de hecho para acceder a la pensión de viudedad

El Supremo "no alcanza a percibir dónde residen las 'especiales características” o la 'circunstancia excepcional' de la Dirección General de Deportes y de la Dirección General de Personas con Discapacidad, que es lo exigido por el artículo 66.2 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público para justificar la excepción a la regla general".