El Tribunal Supremo ha acordado que tienen derecho a convertirse a la fijeza sólo los interinos no fijos del sector público que participen en una prueba selectiva para la contratación de personal pero no obtengan plaza porque el número de aspirantes supera al de puestos convocados . Así lo explica la sentencia de unificación de doctrina del pleno de la sala de lo social fechada el pasado 11 de mayo y hecha pública este martes.
El fallo del Supremo llega después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) decidiera a mediados de marzo que la práctica en España de convertir en indefinidos no fijos a los interinos que han encadenado contratos temporales con la administración no compensa dichos abusos, porque "supone mantener una relación laboral temporal".
Los magistrados explican que la contratación temporal de personal laboral por parte de las Administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad. Esto es así porque ello vulneraría la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público, y se impediría el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos.