Nuevas ayudas al alquiler en Madrid: ¿quiénes pueden acceder a ellas y cómo hay que hacerlo?

  • Explicamos, paso a paso, en qué consiste el Plan Integral de Alquiler Municipal del Ayuntamiento de Madrid y la EMVS
  • Según un estudio de la EMVS hay unas 10.000 viviendas secundarias vacías en Madrid
Nuevas ayudas al alquiler en Madrid: ¿quiénes pueden acceder a ellas y cómo hay que hacerlo?

El Ayuntamiento de Madrid, a través de la EMVS, ha puesto en marcha un nuevo Plan Integral de Alquiler Municipal para reactivar el mercado inmobiliario en la capital. El objetivo es aumentar la oferta de viviendas y que los inquilinos obtengan condiciones más asequibles para acceder a ellas.

Madrid ayudará al alquiler con hasta 900 euros a rentas entre 32.200 y 88.200
Madrid ayudará al alquiler con hasta 900 euros a rentas entre 32.200 y 88.200
Madrid ayudará al alquiler con hasta 900 euros a rentas entre 32.200 y 88.200

Madrid ayudará al alquiler con hasta 900 euros a rentas entre 32.200 y 88.200

Hay varios programas diferentes y ayudas que pueden alcanzar hasta los 900 euros. Orlando Chacón es el Director de Estudios, Estrategia y Comunicación de la empresa municipal de la vivienda y suelo (EMVS) y nos explica, paso a paso, en qué consisten estas ayudas y cómo se puede acceder a ellas.

PROGRAMA REVIVA

Es un programa de recuperación de viviendas vacías-, dirigido a los propietarios de viviendas vacías. ¿en qué consiste y que ventajas tiene para los dueños de estos pisos?

DATO: Según un estudio de la EMVS hay unas 10.000 viviendas secundarias vacías en Madrid

EN QUÉ CONSISTE: "Nos ceden el inmueble en calidad de usufructo -no pierden la titularidad- y la EMV a partir de ahí hace una gestión integral del alquiler asumiendo el inmueble desde ese momento. Si hay que hacer obras en esa casa, se le anticipa el dinero al propietario para que pueda acondicionar la vivienda y ponerla a punto y que esté en unas condiciones óptimas y dignas para poder alquilar. Ese anticipo - hasta un máximo de 45.000 euros a un 0% de interés- se descontará del dinero que la EMV pacte con el propietario".

VENTAJAS: 1. Independientemente de si la casa tiene o no inquilino adjudicado, el propietario va a recibir cada mes una renta que se pacta con la propia EMVS a precios de mercado. Además, estos propietarios no tienen que preocuparse de alquilar su casa ya que la EMVS dispondrá de un listado de demandantes inscritos. 2. El propietario se desentiende de cualquier trámite adminisgtrativo y jurídico. 3. La EMVS se encarga de todo: emitirá un informe técnico del estado del inmueble, de obtener el certificado energético y hasta el impuesto por la cesión del usufructo corre a cuenta del Ayuntamiento

LETRA PEQUEÑA: 1. Cada propietario no podrá ceder más de cinco viviendas a la EMVS.

2. La vivienda debe llevar vacía un mínimo de nueve meses y el contrato de cesión será de un mínimo de cuatro años.

3. La EMVS dotará además a la vivienda de una alarma para evitar ocupaciones.

4. El Ayuntamiento también se responsabiliza del mantenimiento y conservación de la vivienda cedida en usufructo.

PROGRAMA BONO VIVIENDA

Se trata del segundo plan de fomento del alquiler en Madrid

EN QUÉ CONSISTE: Son ayudas dirigidas a los inquilinos que pueden llegar a 900 euros. "Este bono vivienda no es una ayuda de alquiler general para cualquier tipo de contrato de alquiler en Madrid sino que es una ayuda directa para aquellos inquilinos que decidan vivir en las viviendas del PROGRAMA REVIVA".

REQUISITOS PARA ACCEDER:

Llevar empadronado en Madrid un mínimo de cinco años y tener unos ingresos brutos, en función del número de miembros de la unidad familiar, de entre 3 y 7,5 veces el IPREM, un índice parecido al Salario Mínimo Interprofesional, (entre 32.200 y 88.200 euros).

VENTAJAS:

1. Los inquilinos nunca pagarán más del 30% de sus ingresos netos familiares por el alquiler.

2. Además, podrán recibir una ayuda directa (el bono) en función del número de miembros de su unidad familiar, sus ingresos totales, la edad de los solicitantes, si tienen hijos menores a su cargo, o si tienen grados de discapacidad o dependencia, entre otros condicionantes.

LETRA PEQUEÑA: La EMVS valora a los demandantes y los clasifica en una serie de grupos con mayor o menor prioridad en función de unas condiciones generales y específicas que hace que aumente o disminuya el bono:

1. Entre las condiciones generales están: ser menor de 35 o mayor de 65 años, tener una discapacidad igual o superior a un 33%, tener una dependencia de grado II o III; tener hijos menores de 25 años dependientes económicamente; tener hijos dependientemente económicamente (da igual la edad) si tiene un grado de discapacidad; o estar separado o divorciado.

2.El bono se incrementa mucho más si además el solicitante cumple unos requisitos específicos, como ser familia numerosa o monoparental; tener una discapacidad igual o superior a un 65%; tener una dependencia de grado III, ser víctima del terrorismo o ser víctima de violencia de género.

3. En cualquier caso, el bono vivienda nunca podrá superar la cantidad de 900 euros.

4. Se establece un alquiler mínimo de 450 euros.

PROGRAMA CONFIANZA JOVEN

El Plan Integral de Alquiler Municipal quiere poner especial énfasis en los menores de 35 años a la hora de facilitarles el acceso a una vivienda en alquiler en el mercado privado y por ello ofrece un 'empujón' a estos jóvenes para que puedan acceder a vivienda.

EN QUÉ CONSISTE: La EMVS anticipa a los inquilinos menores de 35 años que lo soliciten la fianza (un mes) que les exige el casero. Luego el inquilino tendrá 24 meses para devolver este dinero a la EMVS sin ningún tipo de interés.

REQUISITOS PARA ACCEDER:

Llevar empadronados en Madrid al menos cinco años; tener unos ingresos brutos anuales inferiores a 4 veces el IPREM (lo que equivale a 37.300 euros brutos anuales); y que el contrato de alquiler entre propietario e inquilino esté gestionado a través de la EMVS dentro del programa de intermediación SIA.

¿Cómo se solventan los problemas que puedan surgir entre propietarios e inquilinos?

Para ello existe el SIA, que es el servicio de intermediación entre propietarios de pisos e inquilinos puesto en marcha por la EMVS.

Este servicio mejora y sustituye al servicio que existía ahora, el ALMA, ya que ofrece mejores garantías para ambas partes. El Ayuntamiento pone en contacto a las dos partes y las asesora, impulsando así el alquiler privado entre particulares.

Las novedades para el propietario es que este podrá elegir al inquilino entre el abanico de candidatos que le ofrezca la EMVS y contará con un seguro del hogar y otro de impagos durante toda la vigencia del contrato.

Si su vivienda no tiene certificado energético, la EMVS se lo expedirá gratuitamente.

A cambio, el propietario deberá rebajar al menos un 10% la renta a percibir en función de los precios de mercado.

Los inquilinos que se apunten al SIA deberán tener unos ingresos tope de 8 veces el IPREM (93.900 euros brutos anuales).

El objetivo es que no paguen por el alquiler más del 40% de sus ingresos.

¿Y qué pasa con la gente que quiere acceder a estas ayudas del Ayuntamiento pero que no cumplen los requisitos mínimos? El Ayuntamiento tiene preparado otros programas que les pueden ayudar y 6.300 viviendas en propiedad y otras 3.000 preparadas para entregar en los próximos años.

MÁS INFORMACIÓN

La Empresa Municipal de la Vivienda tien una línea de atención personalizada donde se puede escribir, dejar el teléfono y la EMVS se pone en contacto con ellos para resolver cualquier tipo de duda: http://www.emvvs.es

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