La Justicia británica autorizó hoy la extradición del etarra convicto Antonio Troitiño a España, que le requiere por presunta falsificación de documentos y pertenencia a ETA, en su cuarto juicio en el Reino Unido. Al emitir su dictamen, el juez Howard Riddle de la Corte de Magistrados de Westminster, en el centro de Londres, consideró que "no existen impedimentos" para que el sospechoso sea entregado a las autoridades españolas.
Troitiño, de 58 años, fue detenido por última vez en la capital británica el pasado 5 de febrero, en virtud de una nueva euroorden tramitada por España, lo que dio inicio a su cuarto juicio de extradición en este país.
El procesado, que estuvo presente en la breve audiencia de hoy, tiene siete días para recurrir la decisión del juzgado de primera instancia ante el Tribunal Superior londinense, lo que su equipo defensor ya ha indicado que hará.
Si el recurso es aceptado, este proceso judicial podría durar aún varios meses.
En su dictamen, Riddle rechaza uno a uno los argumentos de la defensa y concluye que "no hubo abuso de proceso" ni "mala fe" por parte de la Audiencia Nacional española, que fracasó en otros tres intentos previos de solicitar la extradición.
SOLAMENTE POR PERTENENCIA A ETA
El juez autorizó la entrega solamente por el cargo de pertenencia a ETA, dado que el otro de falsificación de documentos oficiales ya fue anulado por él mismo en un proceso anterior, lo que significa que España no podrá enjuiciarle por este delito.
En uno de los puntos más disputados del juicio, Riddle dio la razón al fiscal, Ben Lloyd (que representa a la Justicia española), al aceptar que la ausencia de Troitiño del territorio español es "la única razón" por la que no se puede fijar una fecha para su juicio e impulsar las diligencias judiciales en el país.
El abogado defensor, Mark Summers, había alegado que la Audiencia española incumplió la legislación británica al no explorar todos los mecanismos disponibles de Asistencia legal mutua para entrevistar a su cliente antes de pedir su entrega, que debería ser el último recurso.
La nueva cláusula 12A de la Ley británica de extradición exige a los Estados demandantes demostrar que la ausencia física del procesado es "el único motivo" que impide avanzar en el procesamiento. Esta cláusula, que se incluyó para evitar extradiciones prematuras que acaban violando los derechos de los procesados, implica que los Estados deben probar que, antes de pedir la entrega, han examinado otras formas "menos coercitivas" de contactar con los sospechosos.
España perdió el tercer juicio el pasado julio en el Superior precisamente por no explicar por qué no intentó entrevistar a Troitiño antes de solicitar su extradición.
Tras ese dictamen desfavorable, la Audiencia solicitó a posteriori entrevistarle por videoconferencia, lo que finalmente no se materializó al concluir el ministerio del Interior de Londres que no era el mecanismo adecuado y no ofrecer alternativa.
Riddle dijo hoy que esa falta de explicaciones en el juicio ante el Superior "fue un error táctico catastrófico", pero sin "mala fe", como tampoco la hubo, añadió, en esa solicitud tardía de videoconferencia. "No considero que España actuara de mala fe al intentar recurrir a la Asistencia legal mutua después de haber dicho previamente que no había ninguna opción para entrevistar al defendido" más que su entrega, dice el dictamen.
Si acepta el recurso de la defensa, el Tribunal Superior deberá determinar probablemente si España tenía o no más mecanismos de contacto a su disposición antes de recurrir a la extradición.
Antonio Troitiño fue arrestado por primera vez en Londres el 29 de junio de 2012, después de haber salido en libertad en España el 13 de abril de 2011 tras cumplir una pena de 24 años por atentados terroristas cometidos en los años 80. Fue autor, entre otros, del atentado de 1986 contra un furgón de la Guardia Civil en la plaza de la República Dominicana de Madrid, en el que murieron doce agentes y hubo más de medio centenar de heridos.