Los afectados por la venta de las viviendas del IVIMA urgen a la Comunidad a revertir la operación

La Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas del IVIMA (AVVI) ha exigido este viernes a la Comunidad de Madrid revertir "inmediatamente" la venta de 2.935 viviendas públicas al fondo de inversión Azora en 2013, operación cuya anulación ha ratificado el Tribunal Supremo (TS).

En un auto fechado el 29 de noviembre, el Supremo ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por la Comunidad de Madrid contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anuló dicha operación del Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima), llevada a cabo durante el Gobierno de Ignacio González (PP).

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid también anulaba la posterior comunicación del Ivima, en relación con la enajenación de las viviendas en arrendamiento adjudicada a Azora y la transmisión de la propiedad de las viviendas a Encasa Cibeles.

En un comunicado difundido este viernes, la AVVI y la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (Fravm) se felicitan por el nuevo fallo judicial y reclaman "la paralización de todos los procesos de desahucio en curso y la restitución de los derechos de las familias como adjudicatarias de vivienda social". También solicitan una "reunión urgente" con la Agencia de la Vivienda Social para conocer cómo van a proceder ante el auto judicial, que entienden como "una importante victoria para los colectivos de damnificados y sus equipos jurídicos, que llevan seis años y medio luchando por la reversión de la operación de venta".

"Ya no hay excusas para que la Comunidad de Madrid se ponga del lado de las casi 3.000 familias afectadas por la venta de viviendas del antiguo Ivima", afirman los afectados, quienes insisten en que el Gobierno regional "a la mayor brevedad se haga con las viviendas que nunca debió malvender".

En su fallo, el Supremo entiende que la Administración regional "no ha motivado adecuadamente (ni suficientemente) (...) la concurrencia del carácter no necesario, para el cumplimiento de los fines del Ivima, de los bienes finalmente enajenados". Sobre este particular considera que, si bien la decisión de enajenar las viviendas se adoptó tras un análisis de las posibles alternativas que existían para la consecución de los fines perseguidos (encontrándose factores negativos y positivos), "la decisión, tras dicho análisis, de por qué no se conservarían dentro del patrimonio del Ivima esas concretas viviendas, y en tal alto número, no se efectuó".

Fuentes de la Consejería de Vivienda y Administración Local han indicado que la Abogacía de la Comunidad de Madrid está analizando la resolución del Supremo, contra la que cabe la posibilidad de interponer recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

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