La Fiscalía considera que los silbidos de la final del torneo están tipificados en el artículo 490.3 del Código Penal, que castiga las injurias al Rey con una pena de seis meses a dos años de prisión si fueran graves, y con una multa de seis a doce meses en caso de no serlo.
Según manifiesta el fiscal, la pitada constituye también el delito previsto en el artículo 543 del Código Penal, que castiga las "ofensas o ultrajes a España, a sus comunidades autónomas o a sus símbolos o emblemas, con una multa de siete a doce meses de prisión.
Manos Limpias se querelló el pasado junio en los juzgados de Barcelona contra el club azulgrana y el Athletic por un supuesto delito de ultraje a España y otro contra los derechos fundamentales al considerarles "responsables directos" de la "masiva y sonora pitada" de la competición copera.