Piqué deberá pagar a Hacienda 2,1 millones en impuestos atrasados

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por el defensa del Barcelona Gerard Piqué contra una decisión del Tribunal Económico-Administrativo Central que le obliga a pagar 1.457.855,61 euros por una regulación tributaria de los ejercicios 2008, 2009 y 2010 y 678.012,59 adicionales en concepto de sanción.

Según la sentencia del 13 de mayo de 2019, la Audiencia Nacional desestimó el recurso contencioso-administrativo presentado por Gerard Piqué contra la resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Central, "por el concepto tributario Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2008-2009-2010, y contra el acuerdo de resolución del procedimiento sancionador de fecha 5 de junio de 2013 con cuantías de 1.457.855,61 euros y 678.012,59 euros respectivamente".

La Inspección concluyó que Piqué había simulado a través de una sociedad (Kerard Project 2006) el traspaso de sus derechos de imagen con el objeto de pagar menos impuestos en junio de 2006, argumentando, en primer lugar, que los había vendido a esa mercantil con la que tenía vinculación por "un precio totalmente irrisorio y fuera de la realidad", 3.000 euros, cuyo pago ni siquiera se había acreditado.

Añadía además que después de ese traspaso, el deportista siguió firmando contratos que incluían la cesión de esos mismos derechos que en teoría pertenecían ya a la mercantil, que presentó declaraciones tributarias en el Reino Unido en las que declaraba ingresos por derechos de esponsorización y que en todo caso, Kerad Project no declaró el activo inmaterial en su balance hasta 2008 y el acuerdo carecía de efecto ante terceros.

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