La comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), con el voto de calidad de su presidenta, Isabel Perelló, ha ordenado estudiar si el juez Juan Carlos Peinado incurrió en una falta disciplinaria grave al sugerir que los escoltas de Begoña Gómez podrían ayudarla a huir del país, fuentes jurídicas.
Una decisión que ha salido adelante con los votos de tres vocales encuadrados en el sector progresista y el de la presidenta del CGPJ, que cuenta con voto de calidad, y por la que ahora el promotor de la acción disciplinaria, Ricardo Conde, deberá estudiar si Peinado pudo incurrir en una "falta grave de consideración" y un "exceso o abuso de autoridad".
Los cuatro vocales del ala conservadora del Consejo han suscrito un voto particular en el que argumentan que la resolución en la que Peinado hizo esas alusiones debe revisarse por la vía ordinaria de recursos ante la Audiencia Provincial de Madrid y no compete al Consejo, que se estaría inmiscuyendo "ilegítimamente" en competencias que le son ajenas.
En el auto en el que envió a juicio a Begoña Gómez y acordó retirarle el pasaporte, Peinado apuntó a que "no cabe duda" de que los escoltas de la mujer del presidente "en un momento determinado pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, ser precisamente quienes colaboren en la acción o acciones que se lleven a cabo para facilitar esa fuga que haga imposible que la acusada se encuentre a disposición de la justicia".
Dichas afirmaciones motivaron una queja por parte del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, que pidió a la presidenta del CGPJ adoptar "las medidas que puedan resultar procedentes en uso de sus atribuciones" ante el "grave cuestionamiento de la profesionalidad de los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado" por parte del juez.
Ahora, el promotor deberá abrir diligencias informativas, es decir, analizar si procede o no incoar un expediente disciplinario por la comisión de una falta grave de consideración respecto a los funcionarios de la Policía Judicial, tipificada en el artículo 418.5 de la ley orgánica del Poder Judicial.
Un voto particular en contra de cuatro vocales
Contra la decisión adoptada han emitido voto particular los cuatro vocales que han votado en contra, José Eduardo Martínez Mediavilla, José Carlos Orga Larrés, Isabel Revuelta de Rojas y Alejandro Abascal Junquera.
Estos vocales consideran que, en su auto, Peinado motivaba los motivos por los que procede imponer medidas cautelares en una decisión "estrictamente jurisdiccional" que se debe revisar por la vía ordinaria, es decir, a través de recursos ante la Audiencia Provincial de Madrid, que es donde puede "apreciarse una eventual ausencia, insuficiencia o desacierto de la motivación".
A su juicio, cualquier actuación del CGPJ "supondría inmiscuirse ilegítimamente en las competencias que únicamente corresponden a la Audiencia Provincial de Madrid en vía de recurso; afectando a los principios constitucionales de exclusividad de la jurisdicción y de independencia judicial".
El CGPJ ha abordado más quejas sobre Peinado
No es la primera vez que el promotor de la acción disciplinaria del CGPJ estudia si Peinado pudo incurrir en una falta disciplinaria.
Ya lo ha hecho en varias ocasiones tras recibir quejas sobre decisiones del juez, incluida la del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que presentó una queja por su interrogatorio como testigo en la Moncloa y la exposición razonada en la que Peinado pidió sin éxito al Tribunal Supremo investigarle.
La Comisión Permanente rechazó la propuesta del promotor de archivar dicha queja y le instó a seguir investigando para determinar si procede abrir un expediente disciplinario al juez, si bien hace unas semanas el promotor volvió a proponer el archivo, un asunto que aún debe ser evaluado por la comisión.
No obstante, la comisión sí apoyó que el promotor archivase las diligencias informativas abiertas contra Peinado tras otras quejas de particulares contra él.