Los nacimientos se podrán inscribir directamente en los hospitales y se evitará así que los padres tengan que desplazarse en los días siguientes al Registro Civil para hacerlo, según un proyecto de ley aprobado hoy por el Consejo de Ministros. La medida afectará asimismo a las defunciones, que también podrán inscribirse directamente desde los centros sanitarios en los que haya fallecido la persona.
Esta medida forma parte de una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y del Registro Civil acometida por el Ministerio de Justicia en el marco de las propuestas que ha hecho la Comisión para la Reforma de la Administraciones Públicas (CORA). Para la inscripción de los bebés, los padres firmarán el formulario oficial de declaración junto a los facultativos que hayan asistido al parto.
La documentación que acredita el nacimiento será remitido al Registro Civil desde el propio hospital. En el caso de que no se pudiera realizar la inscripción por este sistema de ventanilla única, la ley prevé que se pueda realizar por el método tradicional en los días siguientes o, en su defecto, a través de un expediente registral.
Las defunciones también se inscribirán en el Registro Civil. La certificación médica expresará la existencia o no de indicios de muerte violenta o de cualquier otro motivo por el que no deba expedirse la licencia de enterramiento o incineración.
SUBASTAS JUDICIALES DESDE SU CASA
Los ciudadanos podrán participar en las subastas judiciales desde su casa, sin tener que desplazarse a ningún juzgado, a través del portal electrónico del Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta es una de las novedosas reformas que ha acometido hoy el Gobierno para cumplir las recomendaciones de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA).
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha afirmado que se va a ganar en transparencia y evitar "las corruptelas" que estas subastas habían generado. Las subastas judiciales se van a integran en el portal electrónico del Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que permitirá participar en cualquier puja las 24 horas del día los 365 días del año.
Los ciudadanos podrán acceder a todo tipo de pujas de bienes muebles e inmuebles que se produzca en cualquier lugar del Estado solo con darse de alta en el Portal Electrónico de Subastas del Boletín Oficial del Estado cualquier día del año. Según el Ministerio de Justicia, con ello se ahorrará en costes y se logrará una mayor transparencia en todo el proceso necesario para realizar una subasta pública.
Además, se multiplicará la publicidad de los procesos y se podrá facilitar información casi ilimitada tanto de la subasta como del bien ofertado, lo que facilitará su venta a un precio superior. Se podrá participar en ella casi en cualquier momento y desde cualquier lugar.
La seguridad jurídica del procedimiento estará garantizada con una identificación inequívoca de todos los que intervienen, mediante la firma electrónica o firma con sistema de claves previamente concertadas. El sistema, del que será responsable un secretario judicial, garantizará un certificado electrónico de todas y cada una de las transacciones.