Un jurado de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en el denominado "crimen de los tirantes", ha considerado a Rodrigo Lanza culpable del asesinato de Víctor Laínez, al que golpeó el 8 de diciembre de 2017 en un bar de la ciudad de Zaragoza. Ha estimado que el acusado actuó con dolo eventual y por motivos ideológicos y ha pedido que no se le indulte ni se le permita salir de prisión de forma condicional.
"No tuvo posibilidad de defenderse", ha señalado el tribunal del jurado en su veredicto.
Un portavoz ha dado lectura al acuerdo en la última sesión del juicio, que ha presidido la magistrada María José Gil. El jurado ha considerado por mayoría de ocho a uno a Rodrigo Lanza culpable del asesinato de Víctor Laínez y ha determinado que fue por motivos ideológicos, aunque descarta el ensañamiento.
Así, el tribunal popular acepta las versiones de la fiscalía y las acusaciones y rechaza la versión dada por Lanza en el juicio, quien manifestó que actuó movido por el pánico pensando que Laínez le iba a atacar con una navaja, y que el primer golpe se lo dio de frente.
Los nueve jurados han considerado probado que Lanza golpeó fuertemente con el puño la parte inferior trasera de la cabeza de Laínez, tras lo que este cayó inconsciente. Por unanimidad determina el tribunal popular que cuando la víctima estaba en el suelo Lanza le dio una patada en la cabeza, se le colocó encima y siguió propinándole puñetazos en la cara, tras lo que le dio una última patada muy fuerte en la cabeza y salió del local.
El jurado, además, considera probado por unanimidad que la víctima no llevaba una navaja, como Lanza arguyó en el juicio para demostrar que había actuado movido por el pánico, y que la causa de la muerte fueron los severos traumatismos craneoencefálicos que le provocaron una parada cardiorrespiratoria, así como que no se defendió.
Como agravantes el jurado acepta que el acusado actuó por motivos ideológicos, basándose en que un amigo le había advertido previamente de la condición de extrema derecha o neonazi de la víctima, y la alevosía, teniendo en cuenta que no tuvo posibilidad de defenderse. Sin embargo, no consideran probado, por 8 a 1, la agravante de ensañamiento y estiman que estaba afectado de forma leve por el alcohol.
Ante este veredicto, la fiscalía ha pedido 20 años de prisión y 150.000 euros de indemnización, que las acusaciones particular y popular han elevado a 25 años con una indemnización para los herederos legales de Laínez de 500.000 euros.
Por su parte, la defensa ha recurrido a defectos de forma en algunos de los puntos del objeto del veredicto y ha considerado que no se puede considerar la alevosía ni los motivos ideológicos porque las preguntas relativas a estos agravantes no estaban bien formuladas. Por eso, a juicio del abogado Endika Zulueta, no hay asesinato, sino en todo caso homicidio, pero como no se le ha preguntado por eso al jurado, ha solicitado una pena de 2 a 5 años por lesiones con resultado de muerte.
La magistrada María José Gil deberá ahora redactar la sentencia.