El Constitucional avala dividido la constitucionalidad de la ley de amnistía
Con seis votos a favor de la mayoría progresista frente a los cuatro en contra de la minoría conservadora
El abogado de Puigdemont presentará un recurso de amparo para aplicar la amnistía y que pueda volver a Cataluña
REDACCIÓN
El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado este jueves, con los seis votos a favor de la mayoría progresista frente a los cuatro votos en contra de la minoría conservadora, la constitucionalidad de la ley de amnistía.
La corte de garantías ha aprobado, tras cuatro días de deliberaciones, una sentencia que rechaza el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Popular contra la norma y que descarta, al mismo tiempo, acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
A la espera de conocer la resolución final, el tribunal ha aprobado el texto de la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, que avala en líneas generales la ley de amnistía salvo tres aspectos menores y al que se han introducido aportaciones de los magistrados que no modifican en lo sustancial el borrador que se elevó al Pleno.
Inmaculada Montalbán apuntaba que la amnistía cabe en la Constitución porque no está expresamente prohibida, y defiende su encaje porque responde a un "interés general" para la "mejora de la convivencia y de la cohesión social" en Cataluña y para superar las "tensiones sociales y políticas" del proceso independentista.
La resolución especifica que la ley no vulnera la normativa europea en materia de terrorismo ni tampoco la legislación de la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE).
La sentencia defiende que la amnistía encaja en la Constitución, que no es arbitraria ni responde a un capricho y que el porqué de la ley es "jurídicamente indiferente".
Considera razonable la explicación del legislador para decretar el perdón y coherente con una política tendente a paliar los efectos del 'procés' y "a conseguir una mayor paz ciudadana, mediante la reducción de las sanciones" impuestas, que favorezca una "mejora de la convivencia y de la cohesión social" en Cataluña.
Ahora bien, la resolución no afecta al expresidente catalán Carles Puigdemont ni al exvicepresidente Oriol Junqueras ni al resto de líderes independentistas, a quienes el Tribunal Supremo no les ha aplicado la amnistía por el delito de malversación.
Esto es así porque la corte de garantías únicamente ha resuelto que la norma es constitucional, pero no entra en el ámbito de su aplicación, es decir, no aborda los casos concretos y eso significa que el Supremo, 'a priori', nada tiene que hacer tras el fallo.
Recurso de amparo de Puigdemont
Después de que el Tribunal Constitucional (TC) haya avalado la ley, el abogado del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, ha anunciado que ya está preparando el recurso de amparo para que se aplique la ley de amnistía sobre Puigdemont y pueda regresar a Cataluña.
Boye ha explicado que, una vez pueda leer la sentencia detalladamente, tendrá hasta finales de julio para presentar el recurso pero no agotará el tiempo.
"El problema no está en la ley de amnistía, que hoy entendemos que se va a declarar constitucional, sino en los jueces que no quieren respetar la voluntad del legislador y aplicarla", ha añadido; sobre un eventual regreso del expresidente catalán, ha dicho que este regresará cuando se levanten las medidas cautelares.