El juez rechaza las alegaciones municipales por la prohibición del acto en Matadero

  • El Ayuntamiento alegó que suspender el acto del Matadero vulnera la Constitución
  • El juez rechaza las alegaciones argumentando que la libertad de expresión "se puede ejercer en multitud de lugares, como cines, teatros, en incluso en las calles y plazas públicas"

El juez del Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Madrid, José Yusty, ratificó este viernes la prohibición del acto en favor del derecho a decidir de Cataluña que se iba a celebrar el domingo en una dependencia municipal en Matadero, rechazando así las alegaciones del Consistorio, que consideraba que su decisión vulneraba la Constitución.

Yusty dictó un auto en este sentido apenas unas horas después de recibir las alegaciones del Ayuntamiento, que argumentaban que con la prohibición del acto se hacía ilegal en las instituciones la libertad de expresión, incluso contra la propia Constitución.

"La libertad de expresión se puede ejercer en multitud de lugares, como cines, teatros, en incluso en las calles y plazas públicas", expone el juez en respuesta a las alegaciones y puntualiza "in negar las consecuencias políticas o al menos mediáticas que la cuestión acarrea, lo que se debate e impugna no es la libertad de expresión, que no se pone en duda, sino única y exclusivamente si puede el Ayuntamiento de Madrid ceder un local municipal para la celebración de un acto que se titula 'En Madrid por el derecho a decidir".

Fuentes municipales han asegurado que el Ayuntamiento de Madrid presentará un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia por el mantenimiento de la suspensión del acto aunque, en cualquier caso, el Consistorio madrileño ya tenía claro que no iba a insistir en la cesión de la Sala de Terneras del entorno de Matadero para el acto bautizado como En Madrid por el derecho a decidir, incluso aunque sus alegaciones fueran aceptadas.

EL AYUNTAMIENTO ASEGURABA QUE LA DECISIÓN JUDICIAL VULNERABA LA CONSTITUCIÓN

El Ayuntamiento de Madrid considera que el auto por el que un juzgado suspendió de forma cautelar vulnera "valores y principios constitucionales" y derechos fundamentales como la libertad de expresión o ideológica de los convocantes. Así consta en el escrito de alegaciones presentado esta mañana ante el juzgado de lo contencioso número 3 de Madrid, que decretó la suspensión cautelar, a instancias del PP, del acto que la asociación Madrileños por el Derecho a Decidir iba a realizar en un espacio del centro cultural Matadero, de propiedad municipal.

Según el Gobierno que dirige la exjueza Manuela Carmena, además de no respetar la libertad ideológica y de expresión, con la suspensión cautelar se vulneran los derechos fundamentales de reunión y de asociación, el derecho a la tutela jurídica, el derecho constitucional a la autonomía de los municipios en la gestión de sus respectivos intereses, además del derecho a la igualdad.

En las mismas alegaciones se argumenta que el juzgado "considera erróneamente" que el acto para cuya celebración se ha cedido el bien municipal debe estar afectado por las providencias dictadas por el Tribunal Constitucional el pasado 7 de septiembre, lo que lleva a apuntar al Ayuntamiento a través de sus servicios jurídicos que este órgano no ha limitado ninguno de los derechos fundamentales (libertad ideológica; expresión y difusión libre de pensamientos, ideas y opiniones; derecho de reunión; derecho de asociación), que " permanecen incólumes y no restringidos".

En el momento en que se solicita al Ayuntamiento la cesión de uso del local, el pasado 12 de julio, y también en la fecha en que se concede la autorización municipal, el 6 de septiembre, "todavía no se habían publicado las leyes y decretos autonómicos posteriormente suspendidos por el Tribunal Constitucional", por lo que se considera "desacertado considerar, como hace el juzgado, que se trate de un acto de apoyo a una consulta convocada por una Ley que ha sido suspendida en su eficacia por el Tribunal Constitucional".

Y "aunque lo fuere e incluso en el supuesto de que tal ley hubiese sido declarada inconstitucional, lo que no ha ocurrido todavía, el hecho de que haya una sentencia declarando inconstitucional una Ley o ilegal un acto o una conducta no puede impedir a los ciudadanos tener opinión y expresarla libremente sobre dicha sentencia, ni sobre la ley que anula, ni sobre las conductas que se declaran ilegales".

CARMENA DICE A PP Y CS QUE LAS PETICIONES DE REPROBACIÓN LAS TIENEN QUE HACER "EN EL SENO DEL AYUNTAMIENTO"

En paralelo la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, afirmó este viernes que no tiene "noticia" de que PP y Ciudadanos le hayan pedido reprobar a los tres concejales de Ahora Madrid que firmaron el manifiesto por el derecho a decidir de Cataluña y solicitó a estos grupos que, en su caso, tramiten la petición "en el seno del Ayuntamiento" y no a través de los medios de comunicación.

Ayer, la portavoz de Ciudadanos, Begoña Villacís, le pidió en el Fórum Europa que reprobara a su delegado de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato, y a los también concejales de Ahora Madrid Pablo Carmona y Montserrat Galcerán, por haber firmado el manifiesto de los convocantes del acto en defensa del derecho a decidir de Cataluña que se iba a celebrar en el entorno de Matadero pero fue suspendido por el juez tras la suspensión cautelar del referéndum por el Tribunal Constitucional.

Por su parte, el portavoz del PP, José Luis Martínez-Almeida, que acudió a la intervención de Villacís, pidió también a Carmena a su llegada al acto que hiciera una "manifestación inequívoca" en favor de la legalidad y corrigiera a estos tres concejales.

"No podemos estar haciendo de recaderos", dijo Carmena.