El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) estima parcialmente las medidas cautelares presentadas por la Asociación de Médicos y Titulares Superiores de Madrid (Amyts) contra la Consejería de Sanidad madrileña por la falta de equipos de protección individual (EPIS) para los sanitarios, y da 72 horas a la Consejería para evaluar los equipos y dotar de los necesarios a los profesionales.
Así lo establece la Sección Segunda de la Sala de lo Social del TSJM en un auto al que ha tenido acceso Efe, y en el que los magistrados acuerdan la apertura de una pieza separada de medidas cautelares, y requieren a la Consejería una evaluación de riesgos y determinación de los EPI necesarios para cada tipo de puesto de los sanitarios afectados.
Pide que la Consejería de Sanidad provea a los trabajadores en cada centro, en un plazo de 72 horas y una vez realizada la evaluación, de los equipos de protección individual necesarios a cada trabajador, como batas y monos impermeables, mascarillas FFP2 y FFP3 homologadas, gafas y pantallas de protección "en cuanto pueda obtener los mismos y estén a su disposición".
También recipientes "seguros e identificables" para la recogida de residuos sanitarios de tamaño y en cantidad suficiente.
En cambio, deniega la pretensión de Amyts relativa a los test PCR y a los test rápidos, "no porque no puedan no ser necesarios" sino porque lo que se pide es "un elemento propio de la prestación de asistencia sanitaria ajeno a la prevención de riesgos laborales".
El pasado 25 marzo, Amyts pidió la adopción de medidas "cautelarísimas" para que la Consejería de Sanidad proveyese a los Centros de Salud, hospitales, centros de Atención Primaria, al SUMMA 112, y al Servicio de Atención Rural (SAR), así como a todos los demás centros asistenciales de la Comunidad de Madrid, públicos o privados, de esos equipos de protección.