La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 18 años de prisión a Adolfo V. y Libertad M. por el asesinato alevoso del joven de 29 años Iván Toribio en la localidad madrileña de Anchuelo febrero de 2020, en concordancia con el veredicto del jurado popular del caso.
La sentencia también les condena al pago de 340.000 euros a los familiares de la víctima: 240.000 a los padres y 50.000 a cada uno de sus dos hermanos.
Conforme con el veredicto del jurado, la sentencia considera probado que los dos acusados se dirigieron la tarde del 16 de febrero de 2020, acompañados por una tercera persona no identificada, a la vivienda en la que se encontraba Iván con la intención de conseguir que abandonase el domicilio que habitaba, en la misma corrala, para que fuera utilizada por un familiar.
Según relata la resolución, los dos procesados, "siguiendo el plan previamente concertado", entraron en la vivienda -que pertenecía a unos amigos de la víctima-, discutieron con el joven y, para causarle la muerte, le atacaron de forma "súbita, sorpresiva y sin que fuese capaz de defenderse" con dos machetes que estaban colgados en la pared del domicilio.
Con machetes
Con un machete recto de 45 centímetros de hoja, Adolfo le produjo un corte inciso en la cabeza, mientras que Libertad, con un machete curvo, le atestó un golpe a la altura del corazón que le provocó una importante hemorragia y fallo cardíaco.
Como consecuencia de dicha agresión, Iván Toribio murió media hora más tarde, siendo la causa fundamental de la muerte la herida torácica por arma blanca y la causa inmediata la herida cardíaca producida por la perforación del corazón.
La sentencia aclara que es por la alevosía con la que se cometieron los hechos por lo que debe considerarse un asesinato, circunstancia que viene acompañada por la indefensión de la víctima, "que no esperaba ser agredido de forma repentina dentro de la casa de sus amigos".
Imputación recíproca
Y los dos condenados son culpables del hecho, dicen los magistrados, porque la coautoría no requiere que cada uno de los coautores ejecute en su integridad la acción delictiva.
“Cualquiera puede entender que el empleo por parte de Adolfo de uno de los machetes, con el que golpeó la cabeza de Iván, o la utilización del otro por Libertad para herirle en el tórax con afectación del corazón, los convierte en coautores del delito en virtud del principio de imputación recíproca”, expone la resolución.
En sus conclusiones definitivas, el fiscal Ignacio Stampa solicitó 20 años de prisión para los dos procesados por asesinato, mientras que el abogado de la familia, Aritz Toribio, reclamó desde el inicio 25 años de cárcel.
Las defensas de los dos acusados, tras escuchar el veredicto del jurado, pidieron que fueran condenados a un máximo de 10 años de cárcel por un delito de homicidio y anticiparon que recurrirían la sentencia si no les era favorable. Este fallo es recurrible ante le Tribunal Superior de Justicia de Madrid.