El Ministerio de Hacienda mantiene el 1 de abril el inicio de la campaña de la renta de 2019, que cuenta entre sus novedades con una simplificación en la consignación de los inmuebles, según publica el BOE.
Hacienda ha publicado los modelos de declaración del IRPF y el impuesto de patrimonio de 2019, cuyo plazo de presentación se mantiene entre el 1 de abril y el 30 de junio, a pesar de que buena parte de los trámites administrativos y tributarios se han visto afectados por la crisis del coronavirus.
Novedades
Entre las novedades del borrador figura la simplificación de la consignación de los inmuebles propiedad del contribuyente, que ahora figurarán en un único apartado en el que se indicará el uso que ha tenido cada uno de ellos durante el ejercicio.
Para facilitar la declaración de las rentas de inmuebles que hayan estado alquilados, el borrador desglosa los conceptos necesarios para calcular el rendimiento neto de capital, como gastos deducibles o amortización.
También se simplifica la identificación del domicilio fiscal del contribuyente, que figurará en un apartado separado, y la declaración de rendimientos de actividades económicas de estimación directa.
El Borrador
La exposición de motivos de la orden ministerial explica que estas modificaciones están en línea con los objetivos de reducir cargas fiscales indirectas, mejorar la asistencia al contribuyente y lograr una administración tributaria más eficiente.
Como en la última campaña, todos los contribuyentes podrán acceder a su borrador a través del programa Renta web identificándose con certificado electrónico, cl@ve PIN o número de referencia, donde podrán modificarlo, confirmarlo y presentarlo.
Además de por Internet, las declaraciones se podrán presentar por teléfono -a través del plan "Le llamamos"- o presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Desgravaciones
Según la Agencia Tributaria, las mujeres con hijos menores de tres años (también adoptado), que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta, podrán desgravarse hasta 1.200 euros anuales por cada uno de los hijos. También podrán desgravarse hasta 1.000 euros anuales en gastos de guarderías.
Los contribuyentes que tengan familia numerosa podrán desgravarse hasta 1.200 euros anuales, en caso de ser una familia de categoría especial, hasta los 2.400 euros. En caso de poseer un descendiente con discapacidad, será una deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada descendiente.