No, poner #AD no es suficiente: Consumo amenaza con sancionar a influencers por publicidad encubierta

  • Consumo ha detectado el incumplimiento por parte de un 77,75% de los perfiles revisados de la obligación de identificar las publicaciones con contenido publicitario
  • Eel 40% de los menores que están expuestos a la publicidad de comida rápida la toman más de dos días por semana
Foto: REDACCIÓN |Vídeo: Telemadrid

El Ministerio de Consumo ha investigado en las principales plataformas de redes sociales para identificar aquellos influencers que hayan incurrido en publicidad encubierta y ya ha enviado advertencias de sanción a un grupo de "grandes comunicadores" por posible vulneración de la ley.

Como resultado de esta primera investigación, la Subdirección General de Inspección y Procedimiento Sancionador (SGIPS) de Consumo ha detectado el incumplimiento por parte de un 77,75% de los perfiles revisados de la obligación de identificar las publicaciones con contenido publicitario.

En un comunicado, el Ministerio encabezado por Alberto Garzón ha anunciado que ya ha contactado con una serie de perfiles, cuyo número no ha especificado, para informarles de la posibilidad de que se inicien expedientes sancionadores contra ellos si no cesan este comportamiento.

Los perfiles públicos que han recibido la advertencia de sanción tienen un "especial impacto" sobre los consumidores, en especial sobre la infancia, y la normativa permite considerar a los influencers como sujetos infractores por participar en una comunicación comercial encubierta.

Según la Ley de Competencia Desleal, se consideran prácticas comerciales desleales aquellas comunicaciones que sirven para promocionar un bien o servicio sin que quede claramente especificado que se trata de un contenido publicitario.

María Majón, CEO de Let's Be Group y Let´s Be Influenced, explica que las palabras específicas para anunciar que se trata de un contenido publicitario hay que ser muy explícitos: “No vale la palabra #AD, se considera que al ser el español el idioma nativo, no todo el mundo lo entiende y podría considerarse publicidad engañosa”, destaca, recomendando el uso de “publicidad, publi, colaboración pagada o regalo si es el caso”.

Ni alimentos y ni bebidas dirigidas a menores

El Ministerio de Consumo publicaba en marzo de 2022 un real decreto que regularía la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores y que, como novedad, prohíbe la aparición de personajes relevantes, deportistas o profesionales de programas infantiles en comunicaciones que publiciten consumos saludables y no saludables. Sin embargo, diversas organizaciones han criticado a varios ministerios de "impedir" que la regulación salga adelante.

Consumo prohíbe a famosos e influencers publicitar alimentos y bebidas dirigidas a menores
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Consumo prohíbe a famosos e influencers publicitar alimentos y bebidas dirigidas a menores

Otro reciente informe, elaborado por la Gasol Foundation en colaboración con el ministerio, indica que el 40% de los menores que están expuestos a la publicidad de comida rápida la toman más de dos días por semana. El estudio analiza cómo influye la publicidad de comida y bebida no saludable en los hábitos de consumo de la población infantil y adolescente.

Además, investiga la relación existente entre las pautas de alimentación de la infancia y la adolescencia, el uso que hacen los menores de las pantallas y el nivel socioeconómico de las familias. Una de las conclusiones más destacadas es que estar expuesto a la publicidad de tres o más productos no saludables supone un consumo más frecuente de refrescos, bollería y pastelería industrial, aperitivos salados, golosinas y bebidas energéticas.

En concreto, el estudio evidencia que el porcentaje de menores que no está expuesto a la publicidad de comida rápida y que la consume más de dos días a la semana es del 26,3%. En cambio, entre los que sí están expuestos a dicha publicidad, la cifra alcanza el 39,6%, produciéndose un incremento del 50,57%.

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