La reforma del Reglamento General de Circulación en vigor desde este miércoles 1 de octubre obliga a los usuarios de patinetes eléctricos a llevar casco de protección en todo momento, fija en 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal y refuerza las normas de seguridad para los ciclistas, con nuevas exigencias para los conductores al adelantarlos.
Sobre los vehículos de movilidad personal (VMP) en general, los conocidos patinetes eléctricos, se exige casco de protección obligatorio para conductores y deberán utilizar un elemento reflectante de noche o cuando haya situaciones de visibilidad escasa.
En el caso de personas que realizan su actividad profesional en estos vehículos, el reflectante será obligatorio usarlo en todo momento.
Ambas son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
Además, se fija en 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal y se obliga a llevar siempre encendido el alumbrado en ellos.
Por otro lado, se permite su circulación fuera de la ciudad por vías segregadas de vehículos de motor como vías ciclistas o carriles bicis.
En cuanto a las bicicletas, el conductor que adelante deberá reducir la velocidad respecto al límite existente en la vía en al menos 20 kilómetros por hora.
Además, en calzadas que tengan más de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, en lugar de simplemente dejar la separación lateral de 1,5 metros.
También se suprimen exenciones de uso de casco de protección para ciclistas en vías interurbanas.
La norma exige casco de protección obligatorio para quienes desarrollan su actividad profesional circulando en bicicleta, los conocidos 'riders', que además deberán hacer uso siempre de chaleco reflectante. Ambas situaciones son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.