Los miembros de 'la manada' seguirán en libertad por decisión judicial

  • Sólo un magistrado de los tres de la Audiencia de Navarra discrepa ante el "riesgo de fuga"
  • El Gobierno de Navarra con la decisión y la recurrirá. El abogado de la víctima la califica de "desacertada"

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha desestimado la solicitud de ingreso en prisión provisional de los cinco miembros de ‘la manada’, realizada por la Fiscalía, acusación particular y acusaciones populares, y ha acordado mantener en libertad a los cinco condenados a 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento perpetrado en Pamplona el 7 de julio de 2016.

La Audiencia ha tomado esta decisión por mayoría de dos magistrados y con el voto en contra del presidente de la sección, que aboga por decretar la prisión provisional sin fianza de los cinco encausados.

La Fiscalía, la acusación particular, ejercida por la víctima, y las dos acciones populares -el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra- solicitaron el ingreso en prisión de los cinco procesados después de que la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirmara el pasado diciembre la condena impuesta en abril por la Sección Segunda de la Audiencia.

Los cinco condenados quedaron en libertad el 22 de junio del pasado año tras abonar cada uno una fianza de 6.000 euros.

No creen que haya riesgo de fuga

En el auto, conocido este jueves, la Sala señala que "hemos de aplicar los consolidados criterios de la jurisprudencia constitucional sobre esta materia, puesto que la confirmación, -en trámite de apelación-, de la sentencia condenatoria dictada por esta Sala, resulta a todas luces insuficiente para justificar, por sí sola, la decisión que todas las acusaciones nos solicitan".

Según añaden, "lo que en ningún caso puede perseguirse con la prisión provisional son fines punitivos o de anticipación de la pena" y "desde esa perspectiva, no podemos obviar que los encausados estuvieron privados de libertad desde el 7 de julio de 2016 hasta el 22 de junio de 2018, prácticamente dos años".

En el auto exponen los jueces que "durante el tiempo transcurrido desde que los encausados fueron excarcelados han cumplido, puntualmente, las condiciones que les fueron impuestas" y "han comparecido ante el juzgado de guardia de Sevilla en losdías indicados en al auto de 21 de junio". Recogen también que "el argumento del riesgo de fuga" de las acusaciones "aparece bastante endeble en este preciso supuesto".

Por el ingreso en prisión

Todo lo contrario a lo que sostiene el magistrado que ha emitido el voto particular en el auto quien muestra su "discrepancia" con los otros dos magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra y aboga por decretar el ingreso en prisión de los cinco condenados.

En su voto particular, el presidente de la Sección Segunda, José Francisco Cobo Sáenz, considera que "resultaba procedente estimar la pretensión formulada al unísono por todas las acusaciones", en concreto, por la fiscalía, la acusación particular y las acusaciones populares, de ingreso en prisión provisional de los cinco condenado a nueve años de prisión por un delito de abuso con prevalimiento con el fin de "asegurar la presencia de dichos procesados en el proceso cuando 'puede inferirse racionalmente un riesgo de fuga'".

Tras la sentencia del TSJN de confirmación de la pena impuesta a los cinco condenados, el magistrado discrepante indica que "en coincidencia con la apreciación unánime en este extremo de todas las acusaciones, la confirmación del señalado pronunciamiento condenatorio, teniendo cuenta la gravedad de la pena impuesta, consolida y refuerza los factores que deben ser evaluados, para apreciar que la medida cautelar personal es necesaria para procurar el fin legítimo asignado a la prisión provisional, concretado en la evitación de la sustracción a la acción de la justicia".

El abogado de víctima lo ve "desacertado"

El abogado de la joven víctima de ‘la manada’, Carlos Bacaicoa, considera "desacertado" el auto que mantiene en libertad a los cinco condenados y anuncia que está estudiando recurrir en súplica. En declaraciones a Efe, Bacaicoa ha reconocido que no le ha sorprendido la decisión puesto que, según ha dicho, conocían que "había dos votos que estaban clarísimamente decantados".

"Se sabía lo que iban a decidir dos magistrados, por lo que todo dependía de la magistrada Raquel Fernandino, que fue quien en el momento de la excarcelación cambió de opinión de una manera sorprendente, ahora dependía de ella y ha optado por el mantenimiento de la libertad", ha indicado.

La magistrada Raquel Fernandino y el juez Ricardo González se han posicionado a favor de la libertad de los encausados, mientras que el presidente de la sala José Francisco Cobo ha emitido un voto discrepante en el que asumía la petición de la fiscalía y las acusaciones y pedía prisión provisional comunicada y sin fianza.

La defensa aplaude la decisión

Por su parte, Agustín Martínez Becerra, abogado defensor de los cinco sevillanos, miembros del grupo de WhatsApp ‘la manada’, ha valorado la decisión de la Audiencia de Navarra de desestimar las peticiones de ingreso en prisión provisional, recordando que tal extremo era "inapropiado e injustificado" porque "no ha cambiado ninguna circunstancia" con relación al auto del pasado mes de junio en el que se permitía su libertad provisional, bajo fianza de 6.000 euros, a la espera de que medie una sentencia firme.

El Gobierno de Navarra discrepa y recurrirá

El Gobierno de Navarra ha manifestado su "absoluta discrepancia" con la resolución que mantiene en libertad a los condenados y ha avanzado que en los recursos de súplica solicitará la revocación de esa decisión y el inmediato reingreso en prisión.

En un comunicado, el Ejecutivo navarro, acusación popular en el caso, sostiene que "no puede sino manifestar su absoluta discrepancia con la decisión de la sección segunda de la Audiencia Provincial Navarra por la que desestima la solicitud de ingreso en prisión de los acusados en la que considera agresión sexual en Sanfermines de 2016".

En este sentido, se reafirma en los motivos que fueron alegados por su asesoría jurídica en la vista celebrada el pasado 26 de diciembre para solicitar el ingreso en prisión, como son el riesgo de fuga y de reiteración delictiva.

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