Ya no habrá que esperar 24 horas para trasladar el cuerpo de un ser querido fuera de Madrid. El gobierno regional modifica este trámite y agiliza los tiempos para aquellos que quieran velar a un familiar fallecido fuera de la región Alrededor de 6.500 familias al año se beneficiarán de esta medida. La normativa entrará próximamente en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Alrededor de 6.500 familias se podrían beneficiar de esta medida cada año después de su entrada en vigor, lo que supondría un 14%del total de fallecimientos que se producen en la región, que en 2017 ascendieron a 47.069, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, el vicepresidente regional, Ignacio Aguado, ha destacado que ésta era una medida necesaria.
La modificación del Reglamento de Sanidad Mortuoria, aprobado por el decreto 124/1997, de 9 de octubre, está orientada a adecuar la normativa a la realidad del sector y eliminar requisitos que resultan innecesarios para la protección de la salud pública, con el objeto de respetar y apoyar la voluntad de las familias.
La eliminación de este plazo agilizará los trámites administrativos para el traslado de un cadáver, sustituyendo la actual autorización por una comunicación previa en la mayor parte de los casos, y también incorporará el acceso a la prestación de servicios de tanatopraxia por los profesionales habilitados a tal fin.