El Gobierno aprueba la prórroga de los ERTEs y de la prestación de autónomos hasta septiembre

  • En las empresas en ERTEs no se podrán realizar horas extra ni contratar y podrán acogerse a la fuerza mayor si hay rebrotes
  • Montero celebra el “cambio de postura” del PP y espera que sea una “nueva actitud” y no por "interés electoral"

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes en una reunión extraordinaria un Real Decreto-ley por el que se prorrogan hasta el 30 de septiembre los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) asociados al Covid-19 y la prestación extraordinaria para autónomos cuya actividad se haya visto mermada con la crisis. Ambas prórrogas son fruto de las negociaciones que ha mantenido el Gobierno, en el primer caso, con CCOO, UGT, CEOE y Cepyme y, en el segundo, con ATA, UPTA y Uatae.

Gobierno y agentes sociales acuerdan extender los ERTE hasta finales de septiembre

La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha agradecido el "diálogo sincero y la voluntad decidida" de los agentes sociales para alcanzar un acuerdo. "Cuando levantamos la mirada más allá de los intereses particulares, legítimos, cuando se observa al conjunto de la sociedad con generosidad se consiguen resultados óptimos y beneficiosos", ha apuntado Montero, que ha destacado que los ERTEs ayudan a frenar la "hemorragia" en el mercado laboral. Según Montero, el Gobierno se mantiene "firme en su empeño" de proteger las rentas de los trabajadores y de los autónomos. "Tras este Consejo de Ministros, España es un país mejor y cuenta con una mayor protección social", reiteró.

En el Real Decreto-ley destacan dos medidas en relación a los ERTEs: el mantenimiento de los de fuerza mayor total para las empresas que aún no han vuelto a la actividad y la posibilidad de que las empresas que se vean obligadas a cerrar de nuevo por culpa de un rebrote del coronavirus puedan acogerse a estos procedimientos.

A los ERTEs de fuerza mayor total vigentes actualmente se les aplicará una exención en las cotizaciones empresariales del 70% en julio, del 60% en agosto y del 35% en septiembre en el caso de empresas con menos de 50 trabajadores. Para las empresas con más de 50 empleados, la exoneración de cuotas será del 50% en julio, del 40% en agosto y del 25% en septiembre. Estos porcentajes son menores que los establecidos hasta el 30 de junio, que eran del 100% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las de más de 50, pero a cambio esta figura no desaparece con la llegada del 30 de junio.

En el caso de empresas que actualmente están activas pero que se vean obligadas a cerrar como consecuencia de un rebrote del virus, se permitirá que puedan acogerse a un ERTE de fuerza mayor total, que contaría con una exoneración de cuotas para las empresas del 80% si su plantilla es inferior a 50 trabajadores y del 60% si tiene más de 50 trabajadores.

Para los ERTEs de fuerza mayor parcial y los ERTEs por causas objetivas (técnicas, organizativas, económicas y de producción), las exoneraciones a las empresas serían las mismas: para las empresas de menos de 50 trabajadores alcanzarían el 60% por los trabajadores que volvieran a la actividad y el 35% por los que siguieran en el ERTE, mientras que para las de más de 50 trabajadores serían del 40% por cada trabajador que se reincorporara a su puesto y del 25% por el que siguiera en el ERTE.

Unai Sordo: “La prórroga de los ERTE es muy buen acuerdo que evita la pérdida de puestos de trabajo”
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Los ERTEs de causas objetivas pasarían así a tener exenciones de cuotas, antes sólo aplicables a los ERTEs de fuerza mayor. El objetivo es facilitar la transición de los segundos a los primeros ahora que ya ha finalizado el estado de alarma. Así, las empresas y entidades afectadas por ERTEs de fuerza mayor deberán proceder a reincorporar a los trabajadores, primando los ajustes en términos de reducción de jornada. Las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTEs (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia y que implican 'contador a cero') se mantendrán hasta el 30 de septiembre, salvo las de los fijos discontinuos, que se prolongarán hasta el 31 de diciembre.

No podrán contratar

La norma prohíbe a las empresas en ERTEs la realización de horas extraordinarias, el establecimiento o la reanudación de externalizaciones de la actividad y la concertación de nuevos contratos. Sólo podrán contratar o externalizar tareas si los trabajadores de su centro de trabajo no pueden por formación, capacitación y otras razones objetivas o justificadas, realizar las funciones encomendadas al empleado que se contrata o a la externalización.

La nueva regulación que se da hasta septiembre extiende a los ERTEs por causas objetivas la prohibición de acogerse a este procedimiento si la empresa tiene domicilio en un paraíso fiscal. Tampoco podrá repartir dividendos, salvo si abona previamente el importe de las exoneraciones disfrutadas. Esta limitación no será de aplicación a las empresas que, a 29 de febrero de este año, tuvieran menos de 50 trabajadores en plantilla.

Al mismo tiempo, se extiende el compromiso de mantenimiento del empleo de seis meses a las empresas que realicen ERTEs por causas objetivas. Para las empresas que se beneficien por primera vez de las exoneraciones de cotizaciones asociadas a estos ERTEs, el plazo de seis meses en el que estarán obligadas a mantener el empleo se computaría a partir de entra en vigor del nuevo decreto.

La norma mantendrá hasta el 30 de septiembre la "prohibición" que estableció el Gobierno al despido por causas objetivas y la suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad.

Prestación para autónomos

El Consejo de Ministros también ha aprobado la prórroga hasta el 30 de septiembre de la prestación extraordinaria para trabajadores autónomos que se habilitó a mediados de febrero para aquellos que tuvieran pérdidas de ingresos considerables.

Las medidas aprobadas incluyen una prórroga de la exención de las cuotas de la Seguridad Social para los autónomos que vinieran percibiendo la prestación extraordinaria hasta el 30 de junio. Así, estos trabajadores no pagarán la cuota de julio y tendrán una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre, lo que, según Seguridad Social, supondrá un ahorro mínimo de más de 500 euros por autónomo durante los próximos tres meses.

Para aquellos cuya actividad aún siga muy afectada por los efectos de la pandemia, podrán acceder a la prestación ordinaria por cese de actividad si su facturación en el tercer trimestre es un 75% más baja que la del mismo periodo del año pasado, siempre y cuando sus rendimientos netos en el periodo no superen una cuantía equivalente a 1,75 veces el SMI del trimestre. Esta posibilidad, que será compatible con la actividad, supone, según el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, un beneficio económico mínimo de 930 euros al mes por trabajador al sumar la prestación económica equivalente al 70% de la base reguladora y la exoneración de las cuotas por contingencias comunes.

Además, se establecen ayudas específicas al colectivo de los autónomos de temporada. En su caso, podrán acceder a la prestación extraordinaria (del 70% de la base reguladora más la exoneración de las cotizaciones sociales) con efectos desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre. Podrán solicitar estas ayudas los autónomos cuyo único trabajo a lo largo de los últimos dos años se hubiera desarrollado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar durante los meses de marzo a octubre y hayan permanecido en alta en los citados regímenes como trabajadores autónomos durante al menos cinco meses al año durante ese periodo. Además, sus ingresos en 2020 no podrán superar 1,75 veces el SMI (23.275 euros).

El Gobierno celebra el “cambio de postura” del PP

Por otra parte, el Gobierno celebró este viernes el “cambio de postura” que el Partido Popular manifestó ayer al votar a favor de la convalidación del decreto que regula la llamada 'nueva normalidad' y espera que sea una “nueva actitud” por parte del principal partido de la oposición para la coyuntura actual.

“Confiamos que ese cambio de postura sea fruto de una reflexión y no por un puro interés electoral” y “ojalá” sea el “inicio de nueva actitud”, trasladó la ministra de Hacienda y portavoz, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, reunido de manera extraordinaria para aprobar la ampliación de plazo de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por la crisis del Covid-19.

Montero trasladó “toda la cautela” a ese cambio porque “la continuidad es la que reflejará la honestidad y sinceridad de ese cambio de posición”. Por lo que tendió la mano, una vez más, a todos los partidos que no se autoexcluyan.

Montero aprovechó la coyuntura para reclamar al Partido Popular que defienda los intereses de España en Europa y que retire el documento “infame” que presentó “criticando” al país al cuestionar que los derechos democráticos “no se respetaban”. “Que lleven los intereses de España al Partido Popular Europeo” de manera que defiendan que “no haya condicionalidad” en el reparto de fondos de la Comisión Europea y que “no amenacen con mandarnos a los ‘hombres de negro’”.

La portavoz insistió en que la relación con el PP no se trata de quién descuelga el teléfono, ni de quienes hablan, porque, defendió, el Gobierno siempre ha tendido la mano, “desde la investidura”, a todos los partidos y principalmente al que lidera Pablo Casado. Máxime con la llegada de la pandemia, por lo que celebraría que el PP dejase atrás el “frente del no” y sus “insultos” y fuera una oposición como otras europeas.

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