Ha sido fruto de un intenso debate en el que se han incorporado 400 de las más de 2.000 enmiendas presentadas. En total, se han reformado más de 200 artículos.
La prisión permanente revisable, una mayor protección a las mujeres y a los menores, la despenalización de las faltas o mayores penas para los delitos de corrupción son solo algunas de las novedades del nuevo texto legal.
Prisión permanente revisable
Se contempla para los supuestos de especial gravedad, como el asesinato de menor de 16 años o persona especialmente vulnerable, el asesinato precedido de un delito contra la libertad sexual o el que se comete perteneciendo a una organización criminal.
También se prevé esta pena en los casos de homicidio del Rey o del heredero de la Corona, genocidio y delitos de lesa humanidad. Una vez cumplida una parte mínima de la condena (entre los 25 y 35 años) un tribunal debe valorar las circunstancias del penado y si acredita un pronóstico favorable de reinserción social, puede obtener la libertad condicionada al cumplimiento de ciertas exigencias, como no volver a delinquir.
Despenalización de faltas
Se despenalizan un importante número de infracciones penales hasta ahora tipificadas como faltas y pasan a convertirse en infracciones administrativas bajo la cobertura de la nueva Ley de Seguridad Ciudadana. Otras antiguas faltas no dejan de considerarse infracciones penales, pero bajo la denominación de delitos leves.