El Supremo prohibe discriminar entre trabajadores de una misma empresa con la "pausa del bocadillo"
Madrid/ La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado discriminatorio el convenio colectivo de una empresa de 1.089 trabajadores que excluyó a los nuevos empleados del periodo remunerado de 30 minutos de descanso para el bocadillo, que se mantenía para el resto de trabajadores, alegando razones económicas.