La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a un sacerdote a nueve años de prisión, y otros siete de libertad vigilada, por abuso sexual a dos menores de 13 y 16 años, ha informado este jueves el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
El sacerdote, cuya identidad se corresponde con las iniciales A.L.Z. y que ya ha ingresado en prisión según las fuentes, había sido condenado en mayo de 2022 a otros 7 años y 9 meses de privación de libertad por otro delito contra la integridad sexual de un tercer niño.
La sección 5 de la Audiencia Provincial de Murcia (con sede en Cartagena) le condena también a indemnizar a los menores con 8.200 euros.
A pescar o a la playa
En concreto, se le considera autor de un delito de abuso sexual a un niño de 13 años al que agarró el pene cuando jugaba con una videoconsola en su domicilio; y de otro delito continuado de abuso sexual a un menor de 16 años al que tocó los genitales en varias ocasiones “para satisfacer su apetito sexual” y aprovechando, en ambos casos, “su condición sacerdotal y de amistad con ellos y su familia”.
El acusado, que ejerció el sacerdocio en San Pedro del Pinatar y Yecla para la comunidad neocatecumenal y que está suspendido cautelarmente por la Iglesia, tiene además la prohibición de aproximación a menos de 500 metros, y de comunicar por cualquier medio con los menores durante 9 y 10 años, respectivamente.
La sentencia declara probado que el acusado, en ejercicio de su función sacerdotal, entabló amistad con varias familias y se ganó la confianza de éstos y otros menores, a quienes llevaba en su vehículo a pescar o a la playa, les invitaba a helados y hablaba con ellos con frecuencia, prodigándose en besos y abrazos.
"A menudo y en grupo mantenía con ellos conversaciones de contenido sexual, en las que les preguntaba por el tamaño del pene, o la frecuencia con que se masturbaban”, señala la sentencia.
Los magistrados consideran que los hechos imputados por el Ministerio Fiscal, y reconocidos en parte por el acusado "aunque les niegue el significado sexual", son ciertos atendiendo a criterios jurisprudenciales de credibilidad, verosimilitud y persistencia.
Finalmente, el tribunal le impone la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de 10 años.
La sentencia no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. Contra el auto de prisión provisional cabe recurso de súplica, según las fuentes.
Proceso penal canónico
Tras hacerse pública la sentencia, el Obispado de Cartagena ha emitido un comunicado en el que expresa su "más profundo respeto" por las actuaciones de la justicia, y recuerda que el sacerdote está suspendido de ejercicio mientras no se cierre el proceso penal canónico abierto contra él.
En su escrito, el Obispado pide que "estos hechos lamentables y dolorosos no empañen la labor de tantos sacerdotes de nuestra diócesis", y afirma que "sigue cercano a las víctimas y a sus familias, a las que pide perdón y sigue ofreciendo su ayuda a través de la Delegación episcopal para la protección del menor y de los adultos vulnerables".
"El compromiso de la Iglesia es erradicar cualquier comportamiento que afecte a la dignidad de la persona, especialmente de las que son menores de edad y más vulnerables", concluye el comunicado.