El Supremo avala el disfrute flexible del permiso de cinco días para cuidado de familiares

  • En casos de enfermedad, accidente u hospitalización 
  • La sentencia rechaza el recurso de casación planteado por el grupo empresarial RACE
Tribunal Supremo
Tribunal Supremo |TELEMADRID

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha avalado que se pueda disfrutar con flexibilidad el permiso de cinco días para el cuidado de familiares por enfermedad, accidente u hospitalización, sin necesidad de que su inicio se vincule necesariamente al comienzo del evento del que depende.

El Supremo, en sentencia fechada el 4 de febrero, aboga por dejar margen a una distribución racional del permiso que permita "una asistencia planificada y más eficaz" de la persona necesitada de ella.

La sentencia rechaza el recurso de casación planteado por el grupo empresarial RACE, después de que la Audiencia Nacional diera la razón a los sindicatos CSIF, CCOO y UGT que plantearon un conflicto colectivo ante la nota interna emitida por la empresa, en la que avisaba de que el mencionado permiso se disfrutaría desde el primer día laborable a partir de suceso que lo ocasionara.

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La Audiencia Nacional declaró dicha nota contraria a derecho y estableció que el comienzo del permiso no podía estar vinculado a la fecha del hecho causante.

El Supremo ha confirmado esta sentencia, argumentando que una interpretación en sentido contrario implicaría "a todas luces una devaluación de su potencial protector".

Añade que ni el Estatuto de los Trabajadores ni el convenio colectivo aplicable ni la directiva comunitaria contienen criterio alguno relativo al momento en que pueda hacerse efectivo el derecho al permiso.