El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha enviado este lunes una carta a 13 grandes inmobiliarias y fondos de inversión para indicarles que deben prorrogar los contratos de sus inquilinos, que así lo soliciten, que caduquen entre el pasado 22 de marzo y el 31 de diciembre de 2027.
Entre todos ellos concentran más de 100.000 viviendas de alquiler en todo el país, ha explicado este lunes en declaraciones a la prensa el ministro del ramo, Pablo Bustinduy, que ha dicho que han enviado la carta para que "impere la claridad y se garantice el derecho de más de dos millones de compatriotas a prorrogar sus contratos" y a ver topadas las actualizaciones de sus rentas.
"Frente a campañas del miedo y argumentos interesados que han puesto en marcha en estos días los lobbys inmobiliarios", el ministerio de Consumo va a hacer todo lo que pueda para que el mayor número posible de inquilinos soliciten la prórroga de sus contratos y "quiero animarles una vez más a que lo hagan", ha dicho.
Además, se ha mostrado convencido de que si los inquilinos se movilizan y solicitan la prórroga "vamos a ganar la votación en el Congreso de los Diputados". Y es que es "absolutamente imposible" que la derecha española pueda justificar votar en contra de este decreto, que afecta a personas de todas las convicciones políticas y de todas las zonas de España.
La misiva recuerda a las citadas empresas que la prórroga de los contratos deberá ser aceptada obligatoriamente una vez sea solicitada por el arrendatario, según el reciente real decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros y que por el momento no cuenta con una mayoría parlamentaria suficiente para ser convalidado en el Congreso de los Diputados.
Según ha recordado Bustinduy, el decreto también protege los intereses de los propietarios, que pueden seguir percibiendo sus rentas "con total normalidad" y "con una actualización del 2 %", lo que les aporta "estabilidad y certidumbre para los próximos años". Es algo bueno para todo el mundo y no hay justificación para rechazarlo, ha dicho.
Publicado en el BOE
En función de este decreto, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 21 de marzo, el inquilino podrá renovar de forma extraordinaria su contrato de alquiler una vez finalice la duración de este por plazos anuales, y hasta un máximo de dos años adicionales, siempre que el contrato caduque entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
Por tanto, la norma genera un nuevo derecho de renovación del plazo del contrato de alquiler por dos años que, previa solicitud del inquilino, deberá ser aceptado obligatoriamente por el arrendador, manteniéndose los términos y condiciones del contrato en vigor.
Esto no será de aplicación cuando arrendador y arrendatario acuerden la renovación del contrato de arrendamiento, o la celebración de uno nuevo, con una renta inferior a la prevista en el contrato vigente.El decreto establece asimismo una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta del 2%, aunque si el arrendador no es "gran tenedor", ésta deberá llevarse a cabo con acuerdo entre las partes.