Vox recurre la sentencia contra David Sánchez al ver probado el tráfico de influencias

  • Recurre ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura  la sentencia de la Audiencia de Badajoz que condenó a David Sánchez por prevaricación, y pide se incluya el delito de tráfico de influencias, del que fue absuelto
El hermano de Pedro Sánchez, David Sánchez
El hermano de Pedro Sánchez, David Sánchez |EUROPA PRESS

Vox ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) la sentencia de la Audiencia de Badajoz que condenó a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, por prevaricación, y pide se incluya el delito de tráfico de influencias, del que fue absuelto, ya que los hechos probados "nutren con igual solidez los dos delitos".

El pasado 14 de julio, la Audiencia de Badajoz condenó a David Sánchez a nueve años de inhabilitación para empleo público como autor por cooperación necesaria de un delito de prevaricación administrativa en relación a su contrato en la diputación pacense.

En el escrito de recurso, al que ha tenido acceso EFE, Vox incide en que la Audiencia Provincial, tras valorar correctamente las pruebas y declarar acreditado el delito de prevaricación administrativa, "se detuvo inexplicablemente" en el umbral del tráfico de influencias, pese a que, en su opinión, los mismos hechos probados que sustentó la condena por prevaricación "nutren con igual solidez" los artículos del Código Penal referidos al tráfico de influencias.

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También pide que se condene por tráfico de influencias al expresidente de la Diputación de Badajoz Miguel Angel Gallardo, condenado a 18 años de inhabilitación para cargo o empleo público, y a Luis Carrero, amigo personal de David Sánchez y exjefe de Coordinación de Programas de Actividades Transfronterizas de la Diputación, a 9 años.

A juicio de Vox, en la sentencia impugnada se incurrió "en una contradicción interna insalvable" entre sus fundamentos de derecho y su fallo absolutorio parcial.

Insiste en que si el tribunal considera probado, como así lo hace en la sentencia, que existen resoluciones prevaricadoras al constatar que la actuación administrativa del contrato de David Sánchez fue arbitraria y contraria a Derecho, "resulta difícilmente conciliable con las reglas de la lógica y la sana crítica que, al mismo tiempo, descarte la existencia del influjo ilegítimo que fue la causa determinante de aquellas resoluciones".

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Señala que la absolución por tráfico de influencias, "elimina" una gran parte de la carga explicativa causal de las conductas prevaricadoras que el propio tribunal declara probadas.

Vox remarca que David Sánchez Pérez-Castejón no era conocido en Badajoz ni en el ámbito musical.