La Audiencia de Badajoz condena a 9 años de inhabilitación al hermano de Pedro Sánchez y al doble a Miguel Ángel Gallardo

  • El tribunal señala en su sentencia unánime que el enchufismo daña  "la salud democrática, fomenta la corrupción y la desigualdad de oportunidades"
Foto: EFE |Vídeo: Telemadrid

La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a nueve años de inhabilitación para cargo público por el delito de prevaricación al aceptar el cargo de coordinador de las actividades de los conservatorios pacenses en 2017. La sentencia no contempla pena de prisión, tal y como pedían las acusaciones populares, al no establecer la existencia del delito de tráfico de influencias por falta de evidencias.

En esta causa también se juzgaba al expresidente de la Diputación y exsecretario del PSOE de Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, que también ha sido condenado a 18 años de inhabilitación por dos delitos de prevaricación uno por la plaza de David Sánchez y el otro por la plaza de Jefatura de la Sección de Coordinación de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas adjudicada con la misma urgencia en comisión de servicios al acusado Luis María Carrero Pérez, íntimo amigo del hermano de Sánchez, y colaborador suyo en precedentes proyectos operísticos, "con el afán de que siguiera ayudando a este en sus actividades relativas a la ópera, aun cuando prestaban teóricos servicios en departamentos administrativos diferentes".

Además otras nueve personas procesadas por estas contrataciones han sido condenadas a nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público por cooperación necesaria del delito de prevaricación administrativa.

Se trata de Elisa Moriano, exdirectora de Cultura de la Diputación de Badajoz, Cristina Núñez, exdiputada provincial de Cultura, Félix González, exjefe de Recursos Humanos de la Diputación, Juana Cinta, exdirectora del área de Recursos Humanos, Emilia Parejo, exdirectora de Cultura, Francisco Martos, exdiputado provincial de Cultura, Luis María Carrero, amigo personal de David Sánchez y exjefe de Coordinación de Programas de Actividades Transfronterizas de la Diputación, Ricardo Cabezas, diputado provincial de Cultura, Manuel Candalija, director de Cultura de la Diputación.

La sentencia acuerda la absolución libre de los acusados del resto de las infracciones penales que se les imputaban.

En una decisión unánime, los tres jueces de la Audiencia afean el grave caso de nepotismo que se cometió y consideran que se cometieron delitos en la creación de la plaza y en su modificación para ajustarla a las necesidades de David Sánchez, que, según consta en la sentencia de 377 páginas, apenas acudió a trabajar.

David Sánchez, condenado por prevaricación
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David Sánchez, condenado por prevaricación

El tribunal expone que el "enchufismo" daña "la salud democrática, fomenta la corrupción y la desigualdad de oportunidades".

En su calificación jurídica, el tribunal agrega que el "nepotismo" ignora los principios de igualdad, mérito y capacidad que rigen el acceso a los cargos públicos y "merma la eficiencia" en el desempeño del empleo en las administraciones públicas "al acceder personas carentes de la preparación necesaria".

Sin embargo, no toda falta de honradez o integridad, "éticamente censurable, inherente a la lacra del nepotismo, es constitutiva de delito". "Tan solo lo es cuando los hechos en que consista la indebida práctica sean incardinables en tipos penales concretos", agrega.

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"No ofrece ninguna duda", remarca la sentencia, en la que se añade que la tramitación de los procedimientos administrativos se pueden calificar de "puramente cosméticos" para "enmascarar las arbitrarias decisiones tomadas". Los acusados "despreciaron conscientemente el Derecho y pasaron por encima de la Ley para conseguir sus propósitos", con el único objetivo de favorecer a personas concretas, "lo que convierte esa conducta en prevaricadora".

Para el tribunal, los acusados conocían "la injusticia" de la resolución y pusieron en marcha "un plan urdido" para lograr la contratación administrativa de los acusados -se refiere a David Sánchez y Luis Carrero- como personal directivo. "Se diseñó un procedimiento ad hoc, dirigido a crear los puestos -inexistentes hasta entonces en el organigrama administrativo- cuya creación, no era ni urgente ni necesaria", recoge el fallo.Inciden los magistrados en ello al considerar que todo el proceso fue "dirigido a aparentar una situación sobre la que sustentar las decisiones que culminaron con el nombramiento de aquellos en atención a su exclusiva conveniencia".

Todo ello "provocó un resultado injusto", pues se dio carta de naturaleza a unas plazas "innecesarias, vacías de contenido, cuya génesis no obedeció al dictado del interés general". "Se permitió que accediesen al puesto de trabajo personas cuya elección no era el resultado de un proceso selectivo justo y transparente".

Así fue el juicio a David Sánchez y Miguel Ángel Gallardo
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No obstante, el tribunal reconoce que no se sabe quien o quienes ejercieron presión o ascendencia sobre los responsables de realizar "la tarea de torcimiento del Derecho, ni en que concretos actos se materializó el influjo".

A este respecto, apunta una "contra hipótesis", que las conductas prevaricadoras obedecieron al interés de favorecer "a las personas que se beneficiaron de aquellas por su proximidad familiar -David Sánchez- a quien "sería reelegido secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, quien con tiempo fue presidente del Gobierno, cargo que ya ostentaba cuando el puesto de trabajo de David Sánchez fue modificado y se contrato a Luis Carrero. Todo ello -la citada hipótesis- respondiendo a "un propósito de congraciarse" con Pedro Sánchez, pues Gallardo apoyó a Susana Díaz en el XXXIX Congreso del PSOE.

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Se trata de la tercera condena en los tribunales al entorno más inmediato del presidente del Gobierno, tras las anteriores al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz y al exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos.

Con el agravante de que ésta condena es a su propio hermano, David Sánchez Pérez Castejón, al que, aseguró, la Justicia y el tiempo confirmarían su inocencia, como la de su esposa Begoña Gómez.

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