Puntos clave de la Ley de Interinos, que entra en vigor este jueves

  • Es un compromiso que adquirió el Gobierno con la Unión Europea y supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo
  • las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas
Foto: TELEMADRID |Vídeo: Telemadrid

La ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público entrará en vigor este jueves, 30 de diciembre, tras su publicación el pasado miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La norma, que recibió luz verde definitiva en el Senado hace una semana, reservará concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años.

La reforma laboral entrará en vigor el 30 de diciembre, tras retrasarse su publicación en el BOE
La reforma laboral entrará en vigor el 30 de diciembre, tras retrasarse su publicación en el BOE
La reforma laboral entrará en vigor el 30 de diciembre, tras retrasarse su publicación en el BOE

La reforma laboral entrará en vigor el 30 de diciembre, tras retrasarse su publicación en el BOE

El objetivo de la ley es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una ratio que a día de hoy sí cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales. Este es, a su vez, un compromiso que adquirió el Gobierno con la Unión Europea a través de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación y supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

Proceso de concurso-oposición

Entrando en el contenido de la norma, las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas. Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 y será un proceso de concurso-oposición el que dará acceso a estas plazas.

las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas

La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración, mientras que la ley fija que los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios. Asimismo, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito.

Uno de los puntos claves de la nueva norma es que las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional.

Las incógnitas del acuerdo para facilitar la estabilidad de los interinos con más de cinco años en el mismo puesto
Las incógnitas del acuerdo para facilitar la estabilidad de los interinos con más de cinco años en el mismo puesto
Las incógnitas del acuerdo para facilitar la estabilidad de los interinos con más de cinco años en el mismo puesto

Las incógnitas del acuerdo para facilitar la estabilidad de los interinos con más de cinco años en el mismo puesto

Esto significa que las plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración, se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización.

El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de 20 por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica.

Las plazas ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración, se convocarán a través de este proceso extraordinario

La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica.

Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización que recoge la ley.