La Ley de Vivienda topará el alquiler y eliminará el IPC como referencia para actualizar contratos

  • El Gobierno ha llegado a un acuerdo con ERC y Bildu para aprobar en el Congreso la Ley de Vivienda
  • También incluirá finalmente una rebaja del concepto de gran tenedor, que se considerará así a partir de la propiedad de cinco inmuebles

El acuerdo alcanzado por los partidos del Gobierno de coalición y los independentistas de Esquerra Republicana y EH Bildu para desbloquear la Ley de Vivienda incluirá finalmente una rebaja del concepto de gran tenedor, que se considerará así a partir de la propiedad de cinco inmuebles y no de diez como hasta ahora, y ampliará la declaración de zonas tensionadas del mercado alquiler, donde el precio de los alquileres están topados.

Según consta en el acuerdo, presentado en el Congreso por los portavoces de EH Bildu y ERC, Oskar Matute y Pilar Vallugera, respectivamente, en materia de subidas de alquileres, la norma mantendrá también el límite del 2% para este año, mientras que se incrementará a un 3% en 2024 para, en el futuro, crear un nuevo tope.

En concreto, se eliminará el IPC como índice de referencia para la actualización anual de la renta de los contratos, al considerar los grupos parlamentarios que la inflación "ha demostrado ser un índice que puede generar en pocos meses fluctuaciones enormes".

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De este modo, durante 2023 se aplicará el límite del 2% en vigor, mientras que en 2024 será del 3% y en adelante se creará un nuevo índice en estos términos, con el objetivo de que sea más estable e inferior a la evolución del IPC y que tope los aumentos de la renta por la renovación anual.

Se topará el precio de alquiler en zonas tensionadas

Asimismo, serán regulados y topados todos los alquileres en áreas tensionadas "en todos los casos". Esto será efectivo tanto para grandes como pequeños propietarios, así como para contratos de inmuebles que ya estén en el mercado de alquiler y para nuevos contratos.

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Los topes se establecerán, dependiendo de la modalidad de contrato y propiedad, mediante la indexación a la renta anterior en vigor para los pequeños propietarios y mediante la aplicación del índice de contención de precios para los grandes tenedores.