El mandato del fiscal general del Estado se extenderá a 5 años y entrará en vigor en 2028
El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros el anteproyecto de reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que no afectará al actual fiscal general
El Gobierno ha a probado en el Consejo de Ministros el anteproyecto de reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que contempla extender a 5 años el mandato del fiscal general del Estado y desvincularlo así de la duración de la legislatura. Además, su cese requerirá un previo informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), con el fin de evitar ceses discrecionales.
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha anunciado este martes que la reforma del Estatuto del Ministerio Fiscal entrará en vigor el 1 de enero de 2028 y afectará al fiscal que nombre el próximo Gobierno que salga de las urnas.
Bolaños ha puntualizado que esta modificación del Estatuto no se tramitará como una ley independiente, sino que irá dentro de la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal, como una disposición adicional, y que entrará en vigor el 1 de enero de 2028.
De esta manera, la reforma afectará al fiscal general que nombre el Gobierno que salga de las urnas de 2027. "En ningún caso ese fiscal general del Estado podrá ser el actual fiscal general, porque ya ha cumplido dos mandatos y no puede serlo con arreglo a la ley vigente", ha subrayado el titular de Justicia.
La ley prevé que solo pueda ser cesado en el caso de incumplimiento grave o reiterado de sus funciones y se introduce ahora el informe previo del CGPJ para impedir ceses discrecionales por parte del Gobierno.
El anteproyecto llevado al Consejo de Ministros, otorga mayor autonomía a esta institución y así el nombramiento, ascenso y sanciones de los principales fiscales queda atribuido al fiscal general y no al Gobierno, como hasta ahora.
A la vez se refuerza el papel de la Junta de Fiscales de Sala, que podrá imponer su criterio sobre el del fiscal general si cuenta con el apoyo de, al menos, las tres quintas partes de sus miembros.
Otros cambios
La norma también refuerza la transparencia del Ministerio Fiscal y de las asociaciones de fiscales, que no podrán recibir financiación privada de gobiernos u organismos extranjeros.
Asimismo prevé la creación de un registro público de los fiscales encargados de preparar a opositores, que además necesitarán la autorización de la Fiscalía General del Estado para hacerlo.
La reforma incluye diversos cambios funcionales para facilitar que el Ministerio Fiscal se pueda ocupar de la instrucción de los procesos penales, tal y como prevé la futura LECrim.
Así, el Ministerio Público pasará a dirigir la Policía Judicial en sus funciones de investigación del delito y el fiscal jefe será el responsable de nombrar al fiscal o fiscales encargados de la investigación en cada caso.
El anteproyecto también incluye un régimen de abstención y recusación de los fiscales, que será el mismo que el de jueces y magistrados regulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El texto que será sometido a aprobación por el Consejo de Ministros contempla como otra novedad que las comunicaciones que mantenga el fiscal general del Estado con el Gobierno deberán realizarse por escrito y serán registradas y publicadas.
También el anteproyecto prohíbe expresamente que los gobiernos (central o autonómicos) soliciten que la Fiscalía promueva cualquier tipo de actuación en procedimientos concretos.
Se trata de la mayor reforma de la Ley 50/1981, que regula el Ministerio Público desde hace cerca de 45 años, con la que el Gobierno atiende a las principales recomendaciones de la Comisión Europea y del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO) para el refuerzo de la autonomía e independencia de la Fiscalía.
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