El Supremo avala las rebajas de penas en las condenas firmes por la ley del 'solo sí es si'

  • Hasta ahora, los tribunales han oscilado entre aplicar rebajas automáticas o mantener las penas antiguas allí donde ha sido posible

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha avalado este miércoles las rebajas de penas aplicadas en las revisiones de condenas firmes tras la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí'.

Analiza un total de 29 recursos contra las revisiones efectuadas, la mayoría presentados por los condenados en una segunda sesión del Pleno monográfico destinado a fijar criterio sobre cómo aplicar la ley del 'solo sí es sí' a las condenas firmes, después del intenso debate vivido en la jornada del martes.

Hasta ahora, los tribunales han oscilado entre aplicar rebajas automáticas o mantener las penas antiguas allí donde ha sido posible.

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En términos técnicos, el debate jurídico se sitúa entre el artículo 2.2 del Código Penal (CP), que recoge el principio de retroactividad penal a favor de reo, y la disposición transitoria quinta del CP, que aboga por conservar las penas cuando sean imponibles con la nueva ley.

El Pleno de la Sala de lo Penal acuerda rechazar los recursos planteados por el Fiscal, que postulaban el incremento de las penas, con la excepción de las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela. No obstante, en uno de los recursos formulados por el fiscal, un error dosimétrico de la Audiencia ha dado lugar a la corrección de la pena, al alza, por unanimidad. Se desestiman también las peticiones de los condenados en los recursos que presentaron.

Primera revisión de condena del 'sí es sí' en el ámbito militar
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De los 29 recursos analizados, 27 han sido resueltos por unanimidad del Pleno. Uno lo ha sido por mayoría pero sin anuncio de voto particular, y el otro, del que era ponente el magistrado Andrés Palomo, ha provocado el cambio de ponencia, que será asumida por el magistrado Leopoldo Puente, y que es el único asunto que contará con votos particulares.

En esta sentencia, el criterio mayoritario de rechazo del recurso del fiscal ha sido asumido por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y por los magistrados Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo, Pablo Llarena, Vicente Magro, Carmen Lamela, Eduardo de Porres, Ángel Luis Hurtado, Leopoldo Puente y Javier Hernández. El voto particular lo suscribirán los magistrados Andrés Palomo, Ana Ferrer, Susana Polo, Andrés Martínez Arrieta y Antonio del Moral.