La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha revisado por primera vez una condena de agresión sexual para comprobar si debía modificarla a la luz de la reforma penal que conlleva la conocida como la ley del 'sólo sí es sí' y ha concluido que no debía modificarla porque es "proporcionada a la culpabilidad del sujeto activo".
Así, ha confirmado la condena a 7 años de prisión impuesta a un sargento alumno de la Escuela de Especialidades de la Armada 'Antonio Escaño' de Ferrol (A Coruña) por los delitos de agresión sexual, abuso de autoridad y de lesiones psíquicas, con la atenuante de embriaguez moderada, a una alumna marinera de primer curso.
El tribunal considera que en este sentencia, la primera que revisa en aplicación de la norma impulsada por Igualdad según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, no procede la aplicación retroactiva de la ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual al no resultar más favorable para el reo, como pretendía el recurrente.
La Sala explica que partiendo de las consideraciones de la sentencia recurrida para justificar la condena aplicada, entre las que se encuentra el empleo de violencia sobre la víctima, la pena de 6 años de prisión impuesta por el delito de agresión sexual del artículo 179 del Código Penal.
CITA EN INSTAGRAM
Los hechos probados recogen que el condenado, que era sargento alumno de tercero, contactó por Instagram con la marinera alumna de primer curso y la invitó a bajar a la camareta de Suboficiales --un camarote pero más amplio-- donde ambos, de común acuerdo, "querían tener un encuentro sexual y lo estaban llevando a cabo".
En un determinado momento, entró en la camareta otra persona para recoger un portátil y, si bien al condenado le dio tiempo a esconderse, a su compañera no. "Al verse sorprendida se quedó sentada en el sofá en una postura de protección y encogiéndose", pero la persona que había entrado se marchó después de oír la voz del sargento que le dijo de forma imperativa que apagara la luz y que saliera de allí.
Tal y como recoge la sentencia, la marinera, que se había visto "sorprendida en una estancia en la que no debería de estar, haciendo lo que no debería de hacer, decidió poner fin al encuentro que hasta el momento y de forma absolutamente consentida", estaba teniendo con el sargento condenado.
Sin embargo, éste no aceptó la negativa y consumó la agresión sexual después de llamarla "guarra y cerda", darle una bofetada y agarrarla por el cuello.
Tras salir de la camareta, y una vez en su sollado --dormitorio--, la marinera recibió un mensaje de Instagram del condenado en el que le decía que le convenía no decir nada de lo ocurrido. "Más te conviene no decir nada, cuanto menos sepa lagente mejor", indicaba.