El Ayuntamiento de Madrid rebaja hasta en un 90 por ciento en algunos casos el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVTNU), la plusvalía municipal, y elimina requisitos para beneficiarse de la bonificación, como el requisito de convivencia en la vivienda habitual del fallecido y que el beneficiario siguiera empadronado en ella los cinco años posteriores.