La Asamblea de Madrid recurre el impuesto de Sánchez contra grandes patrimonios

  • Considera que "vulnera la autonomía financiera de la Comunidad de Madrid, al dejar sin efecto la bonificación del impuesto sobre el patrimonio que recoge la normativa regional"
Asamblea de Madrid
Asamblea de Madrid |EUROPA PRESS

La Asamblea de Madrid ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional contra el impuesto creado por el gobierno de Pedro Sánchez a las Grandes Fortunas, cumpliendo así con el mandato del Pleno, que en su sesión del 2 de marzo respaldó dicha iniciativa, propuesta por la Mesa a instancias del Grupo Popular y con el voto favorable de Vox.

La reclamación de la Cámara se basa en que dicho gravamen "vulnera la autonomía financiera de la Comunidad de Madrid, al dejar sin efecto la bonificación del impuesto sobre el patrimonio que recoge la normativa regional", conforme a lo dispuesto en la Ley orgánica de Financiación de las Comunidades (LOFCA), que reconoce la potestad de las comunidades autónoma para gestionar los tributos cedidos por el Estado, ha informado el Parlamento autonómico en un comunicado.

Asimismo, la Cámara de Vallecas ha calificado de "fraudulenta" la tramitación de la nueva carga fiscal, argumentando que se introdujo a través de una enmienda que, además de que no tenía relación con el texto enmendado, eliminaba la posibilidad de que se debatiera en el Pleno de la Cámara.

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Según se ha explicado en el documento dirigido al Alto Tribunal, el impuesto quebranta el “principio de igualdad que ha de inspirar el sistema tributario, al establecer un diferente tratamiento jurídico de los ciudadanos, que no atiende a la capacidad económica del sujeto pasivo sino a la residencia fiscal", dada "la diferente regulación existente en las Comunidades Autónomas".

Otro de los principios vulnerados, según consta en el recurso del Parlamento regional, es el de seguridad jurídica, en la medida en que la nueva figura tributaria entró en vigor el 29 de diciembre de 2022, sólo tres días antes del devengo.

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A este respecto, el legislativo madrileño considera que el carácter retroactivo de la norma, cuya aplicación se extiende al resto del año, impide "el conocimiento efectivo de las normas válidas y vigentes por los sujetos pasivos del impuesto".