El Hospital de Fuenlabrada, condenado a pagar la carrera profesional a los trabajadores temporales

Hospital de Fuenlabrada
Hospital de Fuenlabrada |Telemadrid

El Juzgado de lo Social numero 1 de Móstoles ha reconocido el derecho de los trabajadores laborales temporales, ya sea con contrato eventual o sustitución, a recibir el pago de carrera profesional y, en consecuencia, condena al Hospital de Fuenlabrada a abonar este complemento a esta plantilla, tanto a sanitarios como a empleados no sanitarios.

Así lo establece en una sentencia, en la que se reconoce el derecho a recibir esta retribución a los trabajadores temporales a ser "incluidos" en el ámbito de aplicación del modelo de carrera profesional con "las mismas condiciones" que el resto de plantilla fija e interina.

Piden su reconocimiento

Por tanto, el juzgado decreta que se proceda por los comités de evaluación competentes al reconocimiento del nivel de carrera profesional que les corresponda en función del cumplimiento de los requisitos exigidos en los referidos modelos para aquellos empleados eventuales que quedaron excluidos de los listados de valoración de méritos para esta retribución.

Por tanto, el Hospital de Fuenlabrada, en base a esa evaluación, deberá reconocer desde agosto de 2018 la carrera profesional a este colectivo, con efectivos económicos a octubre de dicho año.

Para ello, el juzgado se apoya en doctrinas ya recogidas en diversas sentencias y estipula que esta exclusión "vulnera el derecho fundamental de igualdad de trato consagrado" en la Constitución y en el marco legislativo jurisprudencial expuesto, al "ocasionar una desigualdad de trato para el personal laboral eventual e interino por sustitución".

En peor situación que el resto

"Pues coloca a los mismos (trabajadores eventuales) en peor situación respecto del personal laboral fijo no existiendo una razón objetiva que permita su exclusión de los listados definitivos de reconocimiento de nivel de carrera profesional antes mencionados", decreta la sentencia.

En consecuencia, aprecia que "la simple transposición al ámbito del Hospital de Fuenlabrada de lo acordado para el personal estatutario fijo por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por acuerdo de 31 de Julio de 2018, no es una "justificación objetiva y razonable que permita el trato diferente a los trabajadores con contratos eventuales y de sustitución, al privárseles de su derecho a la carrera profesional".

La sección sindical de UGT del Hospital Universitario de Fuenlabrada presentó una demanda de conflicto colectivo donde reclamaba el derecho a la carrera profesional para los trabajadores eventuales y de sustitución.

Valoraciones

A su juicio, esta sentencia favorable "es muy relevante" puesto que significa la "continuación" del derecho y pago de carrera profesional para los trabajadores interinos del hospital. El sindicato considera que cuando esta sentencia sea firme, se va a consolidar la carrera profesional para todos los trabajadores de Fuenlabrada, "hecho éste, único en un hospital público del SERMAS".

Por tanto, UGT muestra su satisfacción por este "nuevo paso dado en beneficio de los profesionales" y, pese a que la Consejería de Sanidad va a recurrir esta sentencia, también tienen la "total seguridad" de que van a volver a ganar en el Tribunal Superior de Justicia.

"El tener que recurrir a los tribunales una y otra vez para defender los derechos de los trabajadores, es la cruda realidad a la que se enfrentan los profesionales, los mismos que son calificados como héroes por la misma administración que les niega su derecho a la carrera profesional", concluye.