Gaztambide será Zona de Especial Protección Acústica e incluirá Aurrerá

Casa de las Flores
Casa de las Flores |Telemadrid

El Ayuntamiento de Madrid ha declarado el barrio de Gaztambide, en Chamberí, Zona de Especial Protección Acústica (ZPAE), lo que lleva a derogar la de Aurrerá, que queda ahora asumida en la nueva, ha anunciado este jueves la portavoz del Ejecutivo municipal, Rita Maestre, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno.

Esta nueva Zona de Especial Protección Acústica actuará en las calles Donoso Cortés, Fernández de los Ríos, Fernando el Católico, Meléndez Valdés, Rodríguez San Pedro, Isaac Peral, Arcipreste de Hita, Hilarión Eslava, Gaztambide, Andrés Mellado y Guzmán el Bueno.

Con la nueva Zona de Especial Protección Acústica quedarán establecidas tres zonas con regímenes distintos en función de los decibelios establecidos como límite de superación de contaminación acústica dividiéndose en alta, moderada y baja. La zona de contaminación acústica alta es aquella en la que se ha apreciado una superación de los objetivos de calidad acústica, en el indicador del nivel de ruido en periodo nocturno igual o superior a 10 decibelios. La moderada sitúa ese indicador entre los 5 y 10 decibelios y la baja no llega a 5.

RESTRICCIONES

En la zona de contaminación acústica alta se aplican las medidas más restrictivas, como la prohibición de abrir nuevos restaurantes, cafés espectáculo, salas de fiesta, discotecas, salas de baile y bares de copas, que además ven reducida una hora su cierre. En los ya existentes sólo se admitirán los cambios de actividad cuando sea a otra menos molesta, es decir, una discoteca podrá cambiar de actividad para ser restaurante pero no a la inversa.

Las terrazas también ven reducido su horario, que desde el 15 de marzo hasta el 31 de octubre será de 10 a 1 horas de viernes, sábado y víspera de festivo, y de 10 a 23 horas los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año y para aquellas que tengan autorización para un período de funcionamiento anual el horario permitido será de 10 a 23 horas.

En la zona media se aplicará la restricción que impide abrir nuevos locales en el caso de restaurantes, cafés espectáculos, salas de fiesta, discotecas, salas de bailes y bares de copas pero sí se podrán instalar bares o restaurantes con un determinado régimen de distancias. En las actividades existentes sólo se admitirán los cambios de actividad cuando ésta sea a otra menos molesta.

En los restaurantes, cafés espectáculo, salas de fiesta, discotecas, salas de baile y bares de copas se reduce en media hora su horario de cierre. Las terrazas reducen horario pero en menor medida, de modo que del 15 de marzo hasta el 31 de octubre podrán abrir de 10 a 1.30 horas viernes, sábado y víspera de festivo, y de 10 a 23.30 horas lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año y para aquellas que tengan autorización para un período de funcionamiento anual el horario permitido será de 10 a 23.30 horas.

En la zona de contaminación acústica baja se podrán abrir nuevos locales de ocio nocturno pero con un régimen de distancias entre el nuevo local y las actividades existentes, según éstas se encuentran en una zona de contaminación acústica alta (100 metros), moderada (75) o baja (50).

Se reduce el horario de cierre de las terrazas, aunque en menor medida que en el resto de las zonas, siendo del 15 de marzo hasta el 31 de octubre de 10 a 2 horas viernes, sábado y víspera de festivo, y de 10 a la medianoche lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año y para aquellas que tengan autorización para un período de funcionamiento anual, el horario permitido será de 10 a 00 horas.

Los espectáculos públicos de esparcimiento y diversión y las actividades recreativas de baile solamente podrán ser instaladas en edificios no residenciales. Tanto en la zona alta, como media o baja de protección, las licencias que caduquen tras la entrada en vigor del plan aprobado hoy serán renovadas con el carácter de nueva licencia, por lo que deberán someterse a las mismas condiciones que las actividades de nueva implantación.

MEDIDAS GENERALES

La declaración de Zona de Especial Protección Acústica también incluye medidas de carácter general, como la implantación de un régimen regulador especial de la carga y descarga, la intensificación del control del estacionamiento en doble fila en aquellas calles que se encuentren situadas en las zonas con contaminación acústica y el incremento de medidas de templado del tráfico. Igualmente se realizarán campañas de concienciación y sensibilización dirigidas a los usuarios de ocio nocturno y se establecerán limitaciones a la venta y el consumo de bebidas alcohólicas.

Ahora se abre un periodo de información pública durante un mes. La primera de las zonas de ocio nocturno cartografiadas fue el entorno de Arg~elles, más conocido como Aurrerá, que fue declarado como Zona de Especial Protección Acústica en octubre del año 2010. A esta primera actuación le siguió el distrito de Centro, declarado ZPAE en octubre de 2012, y la zona de Azca-Avenida de Brasil, en enero de 2015.

Tras cinco años de vigencia de la ZPAE de Aurrerá se ha podido concluir que la fuente de ruido causante de la molestia principal a los vecinos durante el periodo nocturno es debida al ocio. En 2015 se llevó a cabo una campaña de mediciones, que constata que se incumplen los objetivos de calidad acústica, por lo que hay que modificar la ZPAE existente y actualizar el vigente Plan Zonal Específico.

En esta zona se ha reducido el número de días afectados por elevados niveles de ruido pasando de tres a dos (desde las 23 horas del viernes hasta las 7 del domingo pero no la noche del jueves). Se ha reducido la diferencia máxima entre los niveles de ruido existentes durante una noche en la que se registra actividad de ocio nocturno frente a una sin él, y se ha conseguido controlar los niveles de ruido existentes en las calles de actuación.