La Comunidad de Madrid ha creado medallas y otras distinciones por méritos al servicio público de los empleados públicos del Gobierno regional, que en ningún caso tendrán retribución económica, ha publicado hoy el Boletín Oficial de la Comunidad (BOCM).
En el decreto, la Comunidad reconoce que en el actual contexto de crisis "no ha permitido una política retributiva acorde con la formación y el diligente desempeño de los empleados públicos para alcanzar dichos objetivos, pero no por ello deben dejar de existir otro tipo de reconocimientos más allá de los estímulos meramente económicos".
Los galardones se otorgarán "como muestra de reconocimiento a su permanencia y dedicación profesional al destacado desempeño de las funciones asignadas o a la realización de actuaciones extraordinarias que excedan del cumplimiento estricto de las funciones del puesto".
Las distinciones se clasifican en Medallas de Oro, que se otorgarán de oficio a los empleados públicos "que hayan destacado notoriamente en el desempeño de las tareas que tengan asignadas, hayan contribuido de forma relevante al logro de los fines propios de la Comunidad de Madrid o hayan realizado actuaciones extraordinarias que excedan del cumplimiento ordinario de las funciones del puesto".
Por su parte, la Insignia de Plata se otorgará de oficio o a solicitud de los empleados públicos que hayan cumplido un mínimo de 30 años de permanencia al servicio de la Administración regional. Se computará el tiempo de servicios que el empleado haya podido prestar en otra Administración Pública y que tenga reconocido a efectos de antigüedad en el ámbito de la Administración autonómica.
Las distinciones serán de aplicación a los funcionarios de carrera y al personal laboral fijo propios de la Administración de la Comunidad. Para ser concedidos, los empleados deben encontrarse en situación de servicio activo y no figure la comisión de faltas disciplinarias.
La concesión de la medalla de plata se realizará por orden del consejero competente. La Insignia de Plata se realizará de oficio. La concesión se realizará por orden del consejero.