Aprobada la ordenanza que limita a 30 km/h la velocidad en calles de un solo carril

  • Fija el área "Madrid central" que limita el acceso al Centro a los no residentes
  • Patines, patinetes y monopatines podrán circular por carriles bici y ciclocalles y por las aceras a velocidad de las personas

La Junta de Gobierno presidida por la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, ha aprobado este jueves de manera inicial la ordenanza de Movilidad Sostenible, que limita a 30 km/h la velocidad en las calles de un carril por sentido o carril único y a 20 km/hora para zonas de plataforma única (calles de coexistencia), además de regular la movilidad de patines, patinetes y monopatines, que podrán circular por carriles bici y ciclocalles mientras que su uso deportivo se limitará a las zonas señaladas al efecto.

La delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, ha presentado en rueda de prensa el texto, que fija las normas de funcionamiento y entrada a Madrid Central, la gran APR de Centro, y la regulación, por primera vez, de los Vehículos de Movilidad Urbana, como los segway. En la APR podrán circular, como excepción, los vehículos con etiqueta ambiental Cero y Eco.

Las bicicletas podrán circular en sentido contrario en las calles residenciales y ciclocalles mientras que los vehículos de dos ruedas podrán aparcar en sus reservas específicas y en las aceras donde no haya banda de estacionamiento en la calzada si dejan más de tres metros libres.

También regulan las futuras Zonas de Aparcamiento Vecinal, que se crearán a demanda y sin coste para los residentes, y establece que los hospitales puedan solicitar zonas de aparcamiento de larga estancia en el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). Otra novedad en esta ordenanza es la regulación expresa de áreas de acceso restringido por motivos de seguridad, como en la Colonia Marconi, en Villaverde.

Sabanés calcula que la ordenanza llegará al Pleno de septiembre para su aprobación definitiva después del proceso participativo que se abrió en febrero para recoger y estudiar propuestas y sugerencias de la ciudadanía y de los sectores implicados en la movilidad urbana. Ahora se abre un periodo de información pública y tras el estudio de las alegaciones que se presenten esta nueva normativa se aprobará definitivamente en Junta de Gobierno y posteriormente se ratificará por el Pleno.

GIRO A LA DERECHA

Se incluye, a petición de colectivos ciclistas, la posibilidad de giro a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizada, además de la circulación en ambos sentidos en calles residenciales (aquellas con velocidad de 20 km/h o inferior), ciclocalles y red viaria local si se señaliza, previo informe técnico en materia de seguridad vial.

También se regula el registro para bicis, que será obligatorio para los servicios de alquiler y otras actividades económicas, y expresamente se cita la posibilidad de retirar bicicletas por motivos de seguridad vial, peatonal o afección al patrimonio municipal. Asimismo, se establece los requisitos mínimos para los nuevos sistemas de bicicleta de alquiler sin base fija: seguros, matrícula, redistribución, mantenimiento y controles técnicos.

Los vehículos de dos ruedas tendrán que aparcar en las reservas destinadas a estos vehículos. Si no las hubiera podrán aparcar en las aceras siempre que dejen más de 3 metros de ancho libre (en la actualidad es en aceras de 3 metros) y en aceras de menos de seis metros, paralelamente al bordillo.

Si la acera tiene más de 6 metros podrán hacerlo en semibatería o ángulo junto al bordillo. También tendrán que guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos podotáctiles. No podrán estacionar en aceras cuando las calles sean de especial protección para el peatón, exista banda de aparcamiento en la calzada o señalización específica que lo prohíba.

Además se crea la obligación de dejar 5 metros de espacio libre tanto en acera como en calzada junto a los pasos de peatones que se habiliten o reformen, seguidos de reservas para motos en calzada, "dado que suponen una menor barrera visual que los coches y, por lo tanto, mayor seguridad para los peatones".

Los patines y patinetes sin motor, incluyendo monopatines, podrán circular por las aceras y demás zonas peatonales a una velocidad adaptada al paso de personas, por aceras bici, sendas ciclables, pistas-bici y ciclocalles exclusivas para la circulación de bicicletas y por carriles bici protegidos o no (en este último caso solo mayores de 16 años o menores acompañados, con casco y elementos reflectantes).

También podrán circular en los parques, por aquellos itinerarios en los que esté permitida la circulación de bicicletas, y al ser estas sendas compartidas con el peatón se limita la velocidad a 10 kilómetros por hora. En cualquier caso, los peatones siempre tienen prioridad.

ZONAS DE APARCAMIENTO VECINAL Y APARCAMIENTOS

La Ordenanza de Movilidad Sostenible establece una nueva figura de aparcamiento regulado distinto al SER, aplicable en barrios con efecto frontera o intensidad de uso, bajo demanda vecinal y sin tasa ni límite de estacionamiento para los residentes. En las Zonas de Aparcamiento Vecinal (ZAV) se reservará espacio de aparcamiento para los residentes y los visitantes tendrán una limitación de 2 horas como máximo en el horario que establezca la Junta de Gobierno.

La ordenanza prevé novedades para los aparcamientos gestionados por la EMT o los de nueva creación, con un régimen de instalación de puntos de recarga y tarifas según las emisiones de los vehículos. También se establece la obligación de comunicar al Ayuntamiento los datos de ocupación en tiempo real.

Este colectivo está considerado especialmente protegido de cara a la seguridad vial y a los aparcamientos. De esta manera, tendrán prioridad para acceder a la reserva de plazas de aparcamiento público. También se intensificará la vigilancia de las plazas reservadas para las personas con movilidad reducida en aparcamientos de centros comerciales y de ocio.

Asimismo, los eurotaxis podrán recoger y dejar a estos usuarios en las reservas de estacionamiento para dicho colectivo, y se identifican 'centros de actividad' donde se ofrecerá una mayor proporción de plazas de estacionamiento reservadas para titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR), específicamente en aquellos ámbitos en los que no son aplicables las posibilidades de uso gratuito y sin limitación temporal que para ese colectivo ofrece el SER.

LOS VEHÍCULOS CON ETIQUETA CERO Y ECO PORDRÁN ACCEDER LIBREMENTE A LA APR DE MADRID CENTRAL

Los vehículos con etiqueta ambiental Cero y Eco estarán excepcionados y podrán entrar a Madrid Central, el gran Area de Prioridad Residencial (APR) de Centro, ha informado este jueves la delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, en la rueda de prensa posteior a la Junta de Gobierno, donde se ha aprobado inicialmente la ordenanza de Movilidad Sostenible.

En la ordenanza se regulan los criterios de acceso y normas del área de acceso restringido Madrid Central, a la que podrán acceder y circular libremente por ella los vehículos de los residentes y sus invitados, las bicicletas, los vehículos de personas con movilidad reducida, los servicios públicos esenciales, sanitarios y de emergencias, los vehículos Cero emisiones y, como novedad, los de etiqueta ECO de la DGT.

Podrán acceder, en función de su uso y la etiqueta ambiental del mismo, los vehículos de contratistas de las administraciones que presten servicios públicos básicos, los taxis, y los vehículos de arrendamiento con conductor con servicio previamente contratado en la zona, los que presten servicios a la zona, y las motocicletas y los ciclomotores.

Además podrán circular los vehículos que accedan a aparcamientos de rotación situados dentro del área siempre que dispongan de distintivo medioambiental de la DGT.