Aguirre pide al Fiscal de Madrid que defienda a los ciudadanos y no los intereses del PSOE

  • Denuncia su "actitud sectaria" al pedir al Tribunal Superior que estime un recurso contra los servicios mínimos dictados por la huelga general

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, ha denunciado este miércoles la "actitud sectaria" del fiscal provincial de Madrid por pedir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que estime un recurso planteado por sindicatos contra los servicios mínimos implantados por el Gobierno regional en la huelga general del 29-S. "Me parece increíble una vez más la actitud sectaria de este fiscal provincial, que más parece el fiscal del partido socialista que el fiscal que tiene que defender la legalidad y los intereses de los ciudadanos", ha sentenciado Aguirre tras participar en un desayuno del PP organizado por el Foro Madrid.

Según ha explicado, "los servicios mínimos de la huelga del Metro fueron los mismos que se han fijado en todas las demás huelgas". Por ello, ha aseverado que "no es cierto, como quieren decir los sindicatos, que se anularan los servicios mínimos por ser excesivos".

"Se anularon porque los había dictado el Consorcio en vez del consejero. Por tanto, que no mientan y que deje ese fiscal provincial, nombrado, parece, para defender los intereses del partido socialista, de defender a los socialistas y que se dedique a defender a los ciudadanos, que para eso le han nombrado", ha zanjado.

ESTIMACION DEL RECURSO

La Fiscalía de Madrid ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid la estimación del recurso de los sindicatos contra los servicios mínimos de la Comunidad de Madrid en la huelga del 29-S al entender que el decreto vulneraba el derecho fundamental de huelga, al carecer de motivación y por falta de proporcionalidad.

En un escrito de alegaciones del pasado 15 de enero, al que tuvo acceso Europa Press, el fiscal pide al Alto Tribunal madrileño estimar el recurso por vulneración del derecho fundamental a la huelga recogido en el artículo 28.2 de la Constitución Española.

Así, afirma que la resolución del Gobierno regional recurrida por los sindicatos no cumple los criterios de motivación, al establecerse "sin motivación concreta y meramente sobre unos criterios de carácter general".