La ley que obliga a contratar a los 'riders' entra en vigor este jueves

  • Aún con muchas lagunas e incertidumbres
Repartidores riders de Glovo
Repartidores de Glovo |Europa Press

Este jueves 12 de agosto entra en vigor la llamada 'ley Riders', que obliga a las plataformas de reparto a contratar como asalariados a sus repartidores. Una ley que se publicó el pasado 12 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), estableciéndose su entrada en vigor a los tres meses, es decir, este jueves 12 de agosto.

La norma es fruto del acuerdo que alcanzaron el pasado mes de marzo el Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme y afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto o mercancía y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats y Deliveroo.

Los 'riders' no son autónomos

La ley reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.

La ley Riders establece que los repartidores de empresas de reparto deberán ser contratados como trabajadores asalariados

Asimismo, la norma contempla que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.

Todos los 'riders' serán considerados asalariados el 12 de agosto
Todos los 'riders' serán considerados asalariados el 12 de agosto
Todos los 'riders' serán considerados asalariados el 12 de agosto

Todos los 'riders' serán considerados asalariados el 12 de agosto

La norma ha sido muy criticada por asociaciones de repartidores. Así, la Asociación de Plataformas de Servicios bajo demanda (APS), que engloba a las principales plataformas de 'food delivery' en España, Deliveroo, Stuart, Glovo y Uber Eats, advirtió en su día de que esta ley pone en riesgo el desarrollo de un sector que aporta más de 700 millones de euros al PIB español.

Deliveroo planea su cese empresarial en España

A finales del mes de julio, a pocos días de la entrada en vigor de la ley, la plataforma de reparto de comida a domicilio Deliveroo anunció que planea el cese de sus operaciones en España. En concreto, la plataforma comunicó su intención de realizar una consulta entre sus empleados sobre el fin de su actividad en el mercado español.

Deliveroo se plantea abandonar España

La consulta de Deliveroo sobre el cese de sus operaciones en España estará condicionada al resultado de un proceso consultivo con los empleados afectados y con los 'riders'.

Deliveroo prevé que el proceso de consulta colectiva comience a principios de septiembre y la empresa trabajará con todas las partes interesadas y preparará toda la documentación necesaria para ello. En caso de que la empresa decida poner fin a sus operaciones tras la conclusión del proceso de consulta, que durará aproximadamente un mes, la empresa ha afirmado que se asegurará de que los 'riders' y los empleados dispongan de un adecuado paquete de compensación que cumpla con todas las normativas y la legislación local.

Just Eat, de negociaciones con sindicatos

Por su parte, la plataforma de reparto de comida a domicilio Just Eat se encuentra negociando con UGT y CCOO para fijar las bases del que será el primer convenio colectivo del sector del 'delivery' en España.

En concreto, este convenio será el primero a nivel nacional que ayude a organizar las relaciones laborales de la economía de plataformas en el reparto de comida a domicilio y estará totalmente alineado con la Ley 'Rider'.

Glovo ha anunciado un nuevo modelo de 'autónomos'

Por su lado, Glovo anunció hace un tiempo el lanzamiento de un nuevo modelo de autónomo "inédito en España" y la contratación de 2.000 trabajadores antes de que finalice 2021 para adaptarse a la normativa.

No obstante, hace un par de días, CCOO de Cataluña informó de que ha presentado dos denuncias ante la Inspección de Trabajo contra Glovo por presuntamente incumplir los derechos laborales de sus trabajadores y "desafiar la Ley Rider abiertamente sin hacer el intento de adaptarse a la normativa".

No todos los Riders a favor

No todos los 'riders' paracen favorables a la nueva ley: un movimiento de repartidores, el movimiento RepartidoresUnidos.org, denuncia la “destrucción y precarización” de sus puestos de trabajo con la entrada en vigor de esta ley.

Como ejemplo, han citado el caso del “Expediente de Regulación de Empleo (ERE) anunciado por Deliveroo” que dejará sin trabajo a 3.871 personas, y han subrayado que los sindicatos no dejan otra opción a los repartidores que ser contratados como “asalariados” sin “haber negociado cada uno de los aspectos de la contratación”, situación que les ha dejado “a merced de las empresas”.

Además, la ley cuenta, en opinión de esta organización, con “una gran cantidad de recovecos y vacíos” lo que ha llevado a que las plataformas “lo estén abordando con el ensayo o error”.