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Pagar en efectivo ya es un derecho

Cliente en la barra de un bar | TELEMADRID

Madrid/ La modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios por la que se garantiza el pago en efectivo en cualquier establecimiento, ya que impide negar esta posibilidad a los clientes, entra en vigor este sábado, 28 de mayo.

En concreto, entra en vigor el artículo 82.4 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 noviembre, que incluye el reconocimiento de infracciones y sanciones en materia de defensa de los consumidores.

Este artículo modifica el artículo 47 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios sobre infracciones en materia de defensa de los consumidores, al contemplar como infracción la "negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal".

De forma generalizada, esta infracción será considerada leve, si bien podría pasar a ser grave o muy grave bajo ciertas condiciones, como aprovecharse de necesidad de determinados productos o servicios, ser reincidente en la práctica o producir alternaciones sociales graves, injustificadas y previsibles, entre otras.

La sanción contemplada por realizar infracciones leves oscilan entre los 150 y los 10.000 euros, "pudiéndose sobrepasar estas cantidades hasta alcanzar entre dos y cuatro veces el beneficio ilícito obtenido".

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