Un cartel que anuncia que se alquila una vivienda | EUROPA PRESS
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Los alquileres que se revisen ahora podrán subir hasta un 2,22%, según el índice de referencia publicado este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que se aplica a los contratos firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023.

Este nuevo dato, correspondiente a septiembre de 2025, es superior al registrado un mes antes (2,19%), y el más alto que se registra desde diciembre de 2024. Además, representa además la cuarta subida mensual consecutiva.

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Desde que entró en vigor este índice de referencia de arrendamiento, las subidas han sido del 2,2% para el mes de noviembre, del 2,28% en diciembre, del 2,19% en enero, del 2,08% en febrero, del 1,98% en marzo, del 2,09% en abril, del 1,9% en mayo, del 2,1% en abril, del 2,15% en julio, del 2,19% en agosto y del 2,22 en septiembre.

El INE ha situado este miércoles la tasa de variación anual del IPC del mes de septiembre en el 3%, tres décimas por encima de la registrada en agosto, mientras que la tasa anual de la inflación subyacente se mantuvo en el 2,4%.

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La Ley de Vivienda establece una serie de medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de alquiler y determinaba que sería el INE el encargado de definir este índice de referencia para la actualización anual de los contratos a fin de evitar incrementos desproporcionados, como se estaban registrando por la inflación.

En qué consiste este nuevo índice

Los alquileres se actualizaban tradicionalmente en la mayoría de los casos con el IPC, pero hace más de dos años cuando la inflación se disparó tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia, el Gobierno decidió en abril de 2022 limitar la subida de los alquileres al 2% y para 2024 fijó este porcentaje en el 3%.

Con la entrada de 2025 esos límites a la subida del alquiler desaparecieron, empezando a aplicarse este nuevo índice de referencia, que el INE publica este miércoles por décima vez.

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Las actualizaciones se producen de forma anual, por lo que los caseros que tengan que revisar el alquiler a sus inquilinos podrán aplicar como máximo esta subida, aunque también existe la posibilidad de prorrogar la renta durante 5 años si el propietario de la vivienda es un particular o hasta 7 años si es un gran inversor.

Desde que se publicó este índice, algunos agentes del sector han criticado la media considerando que en la práctica supone un tope a la actualización de las rentas para que se encuentren siempre por debajo de la inflación real, lo que, en su opinión, desincentiva el mercado del alquiler y la generación de más oferta.