El secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, José Luis Ayllón, ha enviado esta tarde el anteproyecto de Ley de Estabilidad Presupuestaria a los diferentes grupos parlamentarios, tal como ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, tras el Consejo de Ministros.
En un comunicado, el Ministerio de la Presidencia recuerda que el texto llegará a los portavoces de todos los grupos parlamentarios y, dentro del grupo mixto, a los representantes de todas las fuerzas políticas integradas en él.ç
En la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, Sáenz de Santamaría ha explicado que esta misma tarde se empezaría a buscar el acuerdo con el PSOE -con el que se consensuó la reforma constitucional que da origen a esta ley- y con el resto de los grupos que deberán votar la norma en el Parlamento.
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA LEY DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
El anteproyecto de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de las Administraciones Públicas aprobado hoy por el Gobierno tiene las siguientes características:
-Los tres objetivos básicos de esta Ley son: garantizar la sostenibilidad presupuestaria de todas las Administraciones Públicas, fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española y reforzar los compromisos de España con la Unión Europea (UE).
-Recoge la obligación para todas las Administraciones Públicas de presentar equilibrio estructural y el establecimiento de un límite de deuda como garantía de sostenibilidad presupuestaria.
-Incorpora actuaciones preventivas de alerta temprana y de corrección automática y el refuerzo de los mecanismos sancionadores en los que se tendrán en cuenta la reincidencia y la gravedad de los incumplimientos.
-La deuda pública no podrá superar el 60 % del PIB.
-En caso de reformas estructurales con efectos presupuestarios a largo plazo, las administraciones podrán alcanzar un déficit estructural del 0,4 % del PIB.
-Se podrá presentar déficit estructural en situaciones excepcionales (catástrofes naturales, recesión económica o situación de emergencia extraordinaria).
-Para la fijación de los objetivos de estabilidad y deuda pública se tendrán en cuenta las recomendaciones de la Unión Europea sobre el Programa de Estabilidad.
-Todas las administraciones públicas deberán aprobar un techo de gasto consistente con el objetivo de estabilidad y la regla de gasto.
-El gasto de las administraciones públicas no podrá aumentar por encima de la tasa de crecimiento del PIB.
-Se establece la prioridad absoluta de atender los intereses y el capital de la deuda pública frente a cualquier otro gasto.
-El incumplimiento de los objetivos exigirá la presentación de un plan económico-financiero que permita la corrección de la desviación en el plazo de un año.
-En caso de incumplimiento del plan, la administración responsable deberá aprobar automáticamente una no disponibilidad de créditos que garantice el cumplimiento del objetivo establecido.
-El déficit por circunstancias excepcionales, requerirá un plan de reequilibrio donde se detallen las medidas adecuadas para hacer frente a estas situaciones.
-El cumplimiento de los objetivos se tendrá en cuenta para autorizar emisiones de deuda, conceder subvenciones y suscribir convenios.
-Las sanciones impuestas a España en materia de estabilidad serán asumidas por la administración responsable.
-La administración incumplidora deberá constituir un depósito retribuido del 0,2 % de su PIB nominal, que a los seis meses podrá convertirse en multa en caso de que los incumplimientos se reiteren.
-A los nueve meses, Hacienda podrá enviar una delegación para valorar la situación económico-presupuestaria de la administración incumplidora.
-La Ley refuerza el principio de transparencia ya que cada Administración Pública deberá establecer la equivalencia entre el presupuesto y la contabilidad nacional.
-Con la entrada en vigor de esta Ley se inicia un periodo transitorio hasta 2020, en el que se determina una senda de reducción de los desequilibrios presupuestarios hasta alcanzar una deuda pública del 60 % del PIB.
-La deuda pública se reducirá siempre que la economía nacional experimente una tasa de crecimiento real positiva.
-Cuando se alcance una tasa de crecimiento del 2 % o se genere empleo neto en términos anuales, la deuda se reducirá anualmente, como mínimo, en dos puntos del PIB.
-El déficit estructural del conjunto de administraciones públicas se deberá reducir un 0,8 % del PIB nacional en promedio anual.
MADRID COINCIDE CON EL GOBIERNO EN QUE LAS AUTONOMÍAS DEBEN CONTROLAR SU DÉFICIT
La Comunidad de Madrid ha dicho hoy que comparte la idea del Gobierno de exigir a las autonomías que cumplan con la estabilidad presupuestaria y controlen el déficit, y ha asegurado que las decisiones y actuaciones de la región han ido encaminadas en los últimos años a garantizar ese cumplimiento.
Así lo han asegurado a Efe fuentes de la Consejería de Economía, después de que hoy el ministro de Economía, Luis de Guindos, haya anunciado en Davos que España impondrá un déficit estructural del 0% a las comunidades autónomas para 2020.
Una medida que a la Consejería madrileña le parece positiva y necesaria en aras a su compromiso con el control del déficit público y, por lo tanto, con la estabilidad presupuestaria.
A expensas de conocer en profundidad la propuesta del Gobierno, las mismas fuentes han apuntado que esta medida tendría que ser complementada, en el trámite parlamentario, por la "necesaria" revisión y cambio de la normativa básica estatal que haga posible reducir el gasto estructural al que se ven obligadas las comunidades autónomas.
La Comunidad de Madrid ha insistido desde la Consejería, que dirige Percival Manglano, siempre ha cumplido el compromiso de estabilidad presupuestaria, y todas las decisiones se adoptan teniendo en cuenta este objetivo.