El TEDH avala a España en el caso de las cajeras de supermercado a las que grabaron robando

  • Concluye que grabar a un trabajador con cámara oculta no viola su intimidad
Sede en Estrasburgo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Sede en Estrasburgo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rectificado el fallo de la Sala de esa misma corte pronunciado en enero de 2018 y ha avalado a España en el caso de las cinco empleadas de Mercadona a las que despidieron después de ser grabadas con una cámara oculta mientras robaban.

La sentencia anterior concluyó con que los tribunales españoles no alcanzaron un equilibrio justo entre el derecho a la privacidad y la propiedad.

De esta manera, se condenó a España por no proteger la privacidad de las demandantes, pero ahora los 17 jueces que forman la Gran Sala -la más alta instancia del TEDH- han fallado de modo opuesto.

Contra este fallo no cabe recurso, por lo que España no tendrá que indemnizar a las cinco demandantes, una de ellas fallecida.

Son residentes en las localidades barcelonesas de Sant Celoni y Sant Pere de Vilamajor y pedían 4.000 euros por daños morales y en torno a 500 euros por honorarios.