Salamanca queda confinada durante 14 días

Agentes de la Policía Nacional controlan las zonas de ocio de Salamanca
Agentes de la Policía Nacional controlan las zonas de ocio de Salamanca |EFE

Este sábado, 17 de octubre, han entrado en vigor, por un plazo inicial de 14 días, las medidas de restricción para la ciudad de Salamanca, después de que aparecieran publicadas el viernes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl). Las actuaciones previstas se centran en la limitación de la movilidad de los ciudadanos en el municipioy en restricciones del contacto social, además otras intervenciones específicas referidas a aforos máximos, distancias y horarios.

La situación epidemiológica de Salamanca registra, en la actualidad, incidencias acumuladas superiores a los 500 casos por cada 100.000 habitantes, más de un 10% de pruebas PCR positivas en los últimos días y un nivel de ocupación de los servicios de UCI superior al 35%. Así, se restringe la entrada y salida de personas del municipio de Salamanca, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados.

La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen el ámbito territorial municipal estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo.

Asimismo, se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización o situaciones de final de la vida, que adoptará la dirección del centro.

AFOROS

En cuanto a las medidas específicas preventivas en relación aforos máximos, distancias y horarios, la asistencia a lugares de culto no podrá superar un tercio de su aforo y se deberá garantizar en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla.

En el caso de velatorios, la asistencia a velatorios se limita a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes.

Por otra parte, todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el 50% del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22 horas.

Esta limitación horaria no será de aplicación a los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales, entendiéndose como tales aquellos que prestan o realizan servicios imprescindibles e inaplazables.

Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al 50%, tanto en espacios interiores como exteriores y tampoco se admitirán nuevos clientes a partir de las 22.00 horas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 23.00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

PRACTICA DEPORTIVA

Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido de la instalación en espacios interiores y el 60% en espacios exteriores.

La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas. En las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y las competiciones internacionales que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas que se desarrollen en el municipio de Salamanca, será de aplicación el Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/21, elaborado por el Consejo Superior de Deportes.