Siete años de prisión para dos acusados del frente de cárceles yihadista y absuelto otro

  • La sentencia destaca que pretendían formar "un grupo compacto que lucharía en favor del terrorismo islámico en cualquier forma y lugar tanto dentro como fuera de prisión".
Mohamed El Gharbi, Karim Abdeselam Mohamed y Abdelah Abdeselam Ahmed se sientan en el banquillo de los acusados durante su juicio este lunes en la Audiencia Nacional
Mohamed El Gharbi, Karim Abdeselam Mohamed y Abdelah Abdeselam Ahmed se sientan en el banquillo de los acusados durante su juicio este lunes en la Audiencia Nacional |EFE

La Audiencia Nacional ha condenado a siete años y seis meses de prisión a dos acusados de formar un frente de cárceles yihadista en España por un delito de captación y adoctrinamiento terrorista con la circunstancia agravante de reincidencia y ha absuelto a un tercer acusado en esta causa.

En una sentencia el tribunal impone dicha pena a Mohamed El Gharbi y a Karim Abdeselam Mohamed, a quienes condena además al pago de una multa de 1.800 euros y la medida de libertad vigilada por tiempo de diez años.

El fallo absuelve a estos dos acusados y a Abdelah A.A. de colaboración con organización terrorista que les atribuía la Fiscalía y las acusaciones populares, ejercidas por la Asociación Víctimas del Terrorismo y la Asociación 11M Afectados por el Terrorismo, y al tercero también del delito por el que sí han sido condenados los dos primeros.

Detenido un hombre en Barcelona por difundir proclamas yihadistas y mensajes de odio
Detenido un hombre en Barcelona por difundir proclamas yihadistas y mensajes de odio
Detenido un hombre en Barcelona por difundir proclamas yihadistas y mensajes de odio

Detenido un hombre en Barcelona por difundir proclamas yihadistas y mensajes de odio

Estos tres acusados, junto con el actualmente fugado Abderrahmane T. ya se sentaron en el banquillo de los acusados en julio de 2022 por estos hechos y resultaron absueltos al descartar el tribunal que les juzgó entonces que formasen una red dedicada a favorecer al Dáesh, pero, tras recurrir la Fiscalía, la Sala de Apelación de la Audiencia ordenó repetir el juicio.

La resolución declara probado que Mohamed El Gharbi, Karim Abdeselam y Abderrahmane T., entre 2014 y 2019, mientras cumplían condena en prisiones españolas por pertenencia a organización terrorista, decidieron cohesionar a los internos encarcelados por delitos de terrorismo y liderarlos para que no abandonasen el ideario yihadista.

Entre las directrices que marcaban a otros reclusos se incluían mantenerse fuertes y unidos para que ninguno se viera tentado a abandonar la yihad armada, apoyándose unos a otros cuando no coincidían en el mismo centro mediante remisión de cartas con banderas y emblemas de la organización terrorista Dáesh y emplazándose para continuar con la actividad terrorista al salir de la cárcel.

Diez detenidos y seis víctimas de trata para la explotación sexual liberadas en Cataluña
Diez detenidos y seis víctimas de trata para la explotación sexual liberadas en Cataluña
Diez detenidos y seis víctimas de trata para la explotación sexual liberadas en Cataluña

Diez detenidos y seis víctimas de trata para la explotación sexual liberadas en Cataluña

La sentencia destaca que pretendían formar "un grupo compacto que lucharía en favor del terrorismo islámico en cualquier forma y lugar tanto dentro como fuera de prisión".

Igualmente decidieron aleccionar, radicalizar y atraer a nuevos adeptos a su ideario violento mediante la creación y difusión de mensajes y consignas relacionados con los postulados de Dáesh.