La Junta Electoral Central abre expediente a Sánchez por criticar al PP desde la REPER en Bruselas

  • Al utilizar las dependencias españolas en Bruselas para criticar los pactos entre el PP y Vox y presumir de su gestión
  • Insta al presidente a que dicte extreme su diligencia para evitar vulnerar el principio de neutralidad que los poderes públicos están obligados a respetar durante el proceso electoral"

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este miércoles incoar expediente sancionador contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por utilizar las dependencias españolas en Bruselas para criticar los pactos entre el PP y Vox y presumir de su gestión.

La decisión se ha adoptado con la discrepancia de tres de los miembros del organismo arbitral, que han emitido un voto particular para dejar constancia de su posición.

En un acuerdo recogido por Europa Press, el organismo arbitral concluye que el presidente del Gobierno vulneró la ley electoral con las declaraciones que realizó en la rueda de prensa ofrecida desde la sede oficial de la Representación Permanente de la Unión Europea (REPER) tras el Consejo de Europa de los días 29 y 30 de junio de 2023.

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El PP llevó sus palabras ante la Junta Electoral Central y el organismo arbitral ha concluido que debe abrir expediente al presidente del Gobierno por quebrantar el artículo 50.2 de la Ley Electoral al haber utilizado un acto institucional para emitir "alusiones a realizaciones y logros resultantes de la gestión desarrollada por el Gobierno que preside", así "como apreciaciones valorativas que descalifican a otras formaciones políticas".

Además, la Junta Electoral insta al presidente a que dicte las instrucciones oportunas para que durante lo que resta de período electoral las manifestaciones valorativas indicadas permanezcan retiradas de las páginas y cuentas institucionales que Presidencia del Gobierno tiene en Internet y en las redes sociales. Y a que "en futuros actos institucionales extreme su diligencia para evitar vulnerar el principio de neutralidad que los poderes públicos están obligados a respetar durante el proceso electoral".

"Esta Junta ya ha señalado que ha de quedar bien claro que en España los altos cargos de las Administraciones Públicas están al servicio de todos los españoles y que, por consiguiente, está absolutamente prohibido el uso partidista en beneficio de una determinada facción política, de los recursos institucionales que tienen asignados", puntualiza la JEC.

Además, no admite las alegaciones de la defensa del presidente de que las manifestaciones eran imprescindibles para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de un servicio público.

La Junta Electoral Central ha designado instructor del expediente contra Sánchez a al vocal Pedro José Vela Torres y secretario a Carlos Gutiérrez Vicén, secretario de la Junta Electoral Central.

Este acuerdo es firme en vía administrativa, pero puede objeto de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses de su notificación.